¿Por dónde avanza el IMV? Primeros datos

Luis Sanzo

DESCARGA DEL INFORME COMPLETO

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones presentó el pasado 26 de junio los datos estadísticos relativos a la primera nómina de población titular del Ingreso Mínimo Vital (IMV), así como a las demandas formuladas en paralelo de la mencionada prestación.

Se presentan a continuación, de forma breve y esquemática, algunos indicadores respecto a la dinámica observada en la prestación.

1. Las familias transferidas de las prestaciones familiares al Ingreso Mínimo Vital

La Disposición transitoria primera del Real Decreto-ley que establece el nuevo IMV prevé el reconocimiento de la prestación transitoria de ingreso mínimo vital a determinados tipos de familias. Esto afecta a aquellas familias que incluyen a personas beneficiarias de la asignación económica por hijo o menor a cargo del sistema de la Seguridad Social, sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33 por ciento, y que a fecha de entrada en vigor de la norma reúnen los requisitos de acceso a la prestación (incluida la disposición de un nivel patrimonial muy reducido).

El gráfico 1 refleja el peso relativo de las prestaciones familiares transferidas al IMV por mil hogares con población menor según comunidades autónomas. Dado que el acceso al IMV de las nuevas unidades de convivencia beneficiarias se vincula a una renta y un patrimonio muy reducidos, el indicador aporta información sobre el impacto de las formas más acusadas de pobreza en hogares con menores. En conjunto, las nuevas familias beneficiarias del IMV suponen un 14,5 por mil del total de estos hogares.

Los datos muestran un máximo impacto, cercano o superior a 25 por mil, en las comunidades autónomas de Extremadura y Andalucía, junto a las ciudades de Ceuta y Melilla, en el sur. En la zona norte de España, Asturias se sitúa en este mismo grupo de regiones. Dado que la prestación transitoria se extiende a colectivos beneficiarios de las rentas mínimas autonómicas, es posible que la posición asturiana, a priori sorprendente, se vincule a esta circunstancia.

En niveles cercanos a la media española, la proporción analizada se sitúa entre 13,6 y 17,2 por mil en las comunidades autónomas de Canarias, Castilla-La Mancha, Murcia, Comunidad Valenciana, en la zona sur; y Galicia, Cantabria y Castilla y León en la zona norte. Con cifras entre 9,9 y 12,6 por mil, Madrid, La Rioja y Aragón se sitúan algo por debajo de las cifras correspondientes al grupo anterior.

En niveles claramente inferiores se sitúan Illes Balears y Cataluña (4,8 y 7,1 por mil, respectivamente). Por su parte, Navarra y Euskadi no tienen prácticamente familias en el IMV que hayan sido transferidas desde el sistema de prestaciones familiares.

2. Las solicitudes de la nueva prestación

El gráfico 2 suma las prestaciones familiares transferidas y las solicitudes de IMV acumuladas a 23 de junio de 2020 y sitúa su impacto relativo en términos del total de hogares existentes. En este caso, los datos muestran que, en el conjunto de España, un 22,5 por mil de los hogares han accedido o solicitado la nueva prestación.

Aunque hay similitudes respecto al indicador de familias transferidas al IMV, el indicador de prestaciones familiares transferidas y solicitudes acumuladas a 23 de junio de 2020 por 1000 hogares refleja algunas diferencias significativas.

La demanda alcanza los niveles más altos en Canarias, Ceuta y Melilla, con cifras entre 41,8 y 49 por mil. Muy cerca, pero ya claramente por debajo, se sitúa Andalucía, con 34,1 por mil.

En torno a la media, con niveles entre 21,4 y 25,3 por mil se encuentran varias comunidades de la zona sur/sureste, como Extremadura, Castilla-La Mancha, Murcia o Comunidad Valenciana, además de Illes Balears. Con un indicador de 21,9 por mil, la Comunidad de Madrid se encuentra también en este conjunto de comunidades. Cerca de ellas, la demanda se sitúa en un 18,1 por mil de los hogares en Cataluña.

Ya bastante por debajo de la media española, entre un 13,0 y un 16,5 por mil se encuentran distintas comunidades de la zona norte, incluyendo Galicia, Asturias, Cantabria, La Rioja, Castilla y León y Aragón.

El acceso o la demanda del IMV resulta por ahora muy marginal en el caso de Navarra y Euskadi (4,0 y 4,2%, respectivamente).

En general, se observa una notable correlación entre nivel de desarrollo de las rentas mínimas autonómicas y acceso/demanda de la nueva prestación estatal. A mayor impacto del sistema autonómico, menor presión de una forma de demanda rápida del IMV.

3. La relación entre la demanda efectiva y la potencial

El gráfico 3 relaciona la demanda efectivamente realizada con la demanda potencial, medida a través de la situación reflejada por la Encuesta de Condiciones de Vida 2018, con datos de renta correspondientes a 2017.

Estos datos plantean problemas obvios, relacionados con dos aspectos relevantes. Por una parte, el acceso al IMV en 2020 depende de la situación de ingresos existente en 2019, bastante más favorable que la existente en 2017 y 2018. Sin embargo, la Disposición transitoria tercera del Real Decreto-ley que regula el IMV prevé, por otra parte, la posibilidad de que se puedan presentar solicitudes por supuestos de vulnerabilidad económica que se hayan producido durante 2020. Esta posibilidad se limita no obstante a colectivos que no sean beneficiarios de prestaciones o subsidios de desempleo.

La consideración de los hogares (en realidad personas solas o unidades de convivencia) potencialmente beneficiarios dependerá por tanto de la contradictoria evolución observada a lo largo de 2019 y 2020. Como primera aproximación, los datos de renta de la ECV 2018 aportan no obstante alguna orientación al respecto.

El primer aspecto destacable es que la demanda efectiva tiene un impacto relativamente importante en términos de hogares potencialmente beneficiarios puesto que, por término medio, llega a un 53,5% para el conjunto de España. Se trata de una cifra sin duda alta para un periodo de solicitud que lleva abierto menos de un mes.

Sin embargo, y éste es el segundo rasgo relevante, las diferencias entre comunidades resultan en este caso muy llamativas. En algunos casos, la demanda supera el volumen de hogares potencialmente beneficiarios en términos de la renta ECV 2018. Esto afecta a la ciudad de Melilla (102,2%) y a las distintas comunidades autónomas del noreste: Aragón (131,0%), Cataluña (112,7%) e Illes Balears (237%). La demanda desborda por tanto, de forma muy especial en las Baleares, la demanda esperable en términos de la situación económica reflejada por la ECV 2018.

Aunque no llega a los niveles señalados, la relación demanda efectiva/demanda potencial es igualmente muy elevada en otras comunidades y, en todo caso, superior al 50%. Así, la proporción es del 57,2% en la Comunidad Valenciana, de entre el 65 y el 67,8% en Galicia y Castilla y León, del 72% en Madrid y del 78,8% en Extremadura. En el caso de Ceuta, el indicador se sitúa en un 50,1%.

Ya por debajo del 50%, el impacto de la demanda se sitúa entre un 43,3 y un 47,7% en Canarias, Andalucía y Castilla-La Mancha. La proporción baja notablemente, con cifras entre el 29,6 y el 34,6% en Murcia, en la zona sur; y en Asturias, La Rioja y Navarra en la zona norte. La proporción baja al 20,4% en Cantabria y a un mínimo del 10,4% en Euskadi. Los mayores niveles de protección asociados en general a sistemas autonómicos como la RGI vasca limita notablemente, en este caso, la presión para un acercamiento rápido al nuevo IMV, incluso en aquellos casos en los que podría haber complementariedad entre los dos sistemas.

El gráfico 4 permite valorar el potencial efecto que, en la relación demanda efectiva/demanda potencial, ejerce la crisis de ingresos que queda ligada a la epidemia de COVID-19. Los datos muestran que el efecto de la caída de afiliación ligada a la nueva crisis está muy claramente asociada a la mayor demanda. El caso más llamativo es el de Illes Balears, donde una caída interanual de -12,6% en la afiliación en mayo de 2020 se traduce en ese aumento de 237% de demanda real respecto a la potencial que se derivaba de la ECV 2018. Aunque no de una forma tan llamativa, la mayor caída de la afiliación interanual respecto a la media española también se traduce en una demanda muy elevada, superior a la esperable en base a los datos de renta de la ECV 2018, en Extremadura, la Comunidad Valenciana y Cataluña.

En fuerte contraste, en el caso de Aragón, la alta demanda observada respecto a la demanda potencial no se relaciona con una fuerte caída interanual de la afiliación, al menos no en términos comparados. Aunque no de forma tan llamativa, la mayor tendencia comparada a la demanda en comunidades como Galicia, Castilla-León o Madrid, superior a la media española, también se vincula a caídas interanuales de la afiliación que resultan inferiores a la media del conjunto estatal.

En la situación contraria, en Ceuta, Canarias y Andalucía, la demanda efectiva resulta minoritaria, e inferior a la media española, a pesar de las fuertes caídas de la afiliación, superiores a -6%.

Finalmente, los menores niveles de demanda se asocian en general a comunidades autónomas que se caracterizan tanto por una caída interanual de la afiliación que resulta inferior a la media española como por el mayor desarrollo comparado de las rentas mínimas. Así ocurre en Euskadi, Navarra y Asturias, pero también en Cantabria o La Rioja.

Murcia y Castilla-La Mancha, otras de las comunidades con demanda efectiva inferior a la media española, no participan en absoluto de ese nivel de desarrollo de los sistemas propios de garantía de ingreso, pero sí se caracterizan por una caída menor de la afiliación interanual que la observada en el conjunto de España.

4. Tipología de provincias ante la demanda del Ingreso Mínimo Vital

El gráfico 5 muestra la relación existente entre la demanda del Ingreso Mínimo Vital por 1000 hogares y la variación interanual de la afiliación en mayo de 2020 por provincias. El gráfico muestra la muy estrecha asociación existente en la intensidad de la caída de la afiliación entre mayo de 2019 y de 2020 y la intensidad de la demanda del Ingreso Mínimo Vital. Muestra también que ambas dinámicas se asocian de forma especial a las provincias costeras española, incluidas las islas, así como a algunas provincias interiores del sur peninsular, tanto en Andalucía como en Extremadura y Castilla-La Mancha.

La tabla 1 presenta una tipología de provincias españolas ante la demanda del IMV. La mayor demanda, con 32,3 por mil hogares, corresponde a la zona 1. Esta zona incluye a la mayor parte de las provincias costeras españolas, excluidas la zona comprendida entre las provincias de Almería y Valencia. Además de las ciudades de Ceuta y Melilla, incluye así a las provincias canarias, Illes Balears, las provincias andaluzas de Huelva, Cádiz, Málaga y Granada, las valencianas de Alicante y Castellón, así como las provincias catalanas de Tarragona y Girona. También se incluye en este grupo la provincia de Sevilla, con un perfil también muy asociado al desarrollo turístico.

Este grupo de provincias supone un 28,8% del total de hogares en España, pero un 41,2% de la demanda total del IMV. Es con diferencia la zona más afectada por la caída de la afiliación, con un descenso de -7,1% entre mayo de 2019 y 2020.

Otro grupo de provincias con una demanda relativa que supera la media española es la constituida por algunas provincias interiores del sur español. Este grupo incluye las dos provincias extremeñas (Badajoz y Cáceres), la provincia manchega de Ciudad Real y las andaluzas de Córdoba y Jaén. En esta zona, 26,9 de cada mil hogares han demandado el IMV. Las cinco provincias mencionadas suponen un 6,3% del total de hogares en España y un 7,5% de la demanda del IMV. La caída de la afiliación es igualmente muy alta en esta zona, y claramente superior a la media española: -5,5%.

En conjunto, las dos zonas consideradas, con un 35,1% de los hogares, suponen un 48,8% de la demanda del IMV. A esta proporción debe sumarse un 33,9% que corresponde a las provincias de Madrid, Barcelona y a las del eje Almería/Murcia/Valencia. La aportación de estas cinco provincias a la demanda de IMV es sin embargo algo más baja que su peso en el total de hogares, con un 35,8%. En esta zona, caracterizada por una caída de -3,5% en la afiliación, la demanda afecta a 21,3 por mil de sus hogares.

Finalmente, el resto de España, con un 29,1% del total de hogares, apenas aporta un 17,4% de la demanda al IMV. En esta zona del territorio, la demanda se reduce a 13,5 por cada mil hogares. Es la zona menos afectada por la caída de la afiliación (-3,3%) y con mayor impacto del sistema de rentas mínimas autonómicas.

Los datos ponen de manifiesto la relevancia de la demanda vinculada a la crisis económica paralela al desarrollo de la epidemia de COVID-19. En este contexto, resulta relevante la introducción de la Disposición transitoria tercera de la norma reguladora del IMV que permite considerar el acceso a la prestación de personas afectadas por la crisis en 2020. Sin ella, el IMV no estaría en disposición de afrontar suficientemente las problemáticas de pobreza severa que hoy se están dando en España. Habrá que comprobar no obstante, dadas las restricciones aplicada a la población con derecho a protección por desempleo, si la cobertura de la demanda observable resulta suficiente.


ANEXO DE GRÁFICOS

Gráfico 1

Fuente:   Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del INE.

Los datos relativos a los hogares con población menor se obtienen a partir de la ECV 2018 del INE.

Los datos sobre las prestaciones familiares transferidas de oficio al IMV proceden del Ministerio. Hay dos tablas algo diferentes, incluyendo la difundida por la web huffingtonpost.es, también procedente del Ministerio. Los resultados son similares, aunque se da preferencia a la que incluyen información relativa a Euskadi y Navarra.

Gráfico 2

Fuente:   Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del INE.

Los datos relativos a hogares se obtienen a partir de la Encuesta continua de hogares 2019 del INE.

Los datos sobre las prestaciones familiares transferidas de oficio al IMV, así como los relativos a las solicitudes acumuladas del IMV a 23 de junio de 2020, proceden del Ministerio. Se suman ambas cifras.

En la práctica, las personas o unidades de convivencia solicitantes no coinciden necesariamente con los componentes del hogar. Se utilizan los hogares como aproximación.


Gráfico 3

Fuente:   Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del INE.

En tanto que aproximación a la demanda potencial, los datos relativos a hogares demandantes potenciales se obtienen a partir de la ECV 2018 del INE. Se consideran los hogares con ingresos inferiores a los umbrales establecidos en el IMV y que no tienen capacidad para hacer frente a gastos extraordinarios.

Los datos sobre las prestaciones familiares transferidas de oficio al IMV, así como los relativos a las solicitudes acumuladas del IMV a 23 de junio de 2020, proceden del Ministerio.

En la práctica, las personas o unidades de convivencia solicitantes no coinciden necesariamente con los componentes del hogar. Se utilizan los hogares como aproximación.

Gráfico 4

Fuente:   Elaboración propia a partir de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y del INE.

En tanto que aproximación a la demanda potencial, los datos relativos a hogares demandantes potenciales se obtienen a partir de la ECV 2018 del INE. Se consideran los hogares con ingresos inferiores a los umbrales establecidos en el IMV y que no tienen capacidad para hacer frente a gastos extraordinarios.

 Los datos sobre las prestaciones familiares transferidas de oficio al IMV, así como los relativos a las solicitudes acumuladas del IMV a 23 de junio de 2020, proceden del Ministerio.

Los datos relativos a las variaciones interanuales de la afiliación se estiman a partir de la Estadística de Afiliación a la Seguridad Social del Ministerio.

En la práctica, las personas o unidades de convivencia solicitantes no coinciden necesariamente con los componentes del hogar. Se utilizan los hogares como aproximación.

Gráfico 5

Fuente: Elaboración propia. Ver gráficos anteriores

Algunas enseñanzas de la infección por COVID-19 en las residencias de personas mayores en Francia.


Luis Sanzo

INFORME COMPLETO PARA DESCARGAR

PRINCIPALES RESULTADOS

1. Las residencias como foco relevante de la infección

Como muestra el gráfico 1, en el momento culminante de la extensión de la epidemia por COVID-19 en Francia, 64.989 personas residentes en centros residenciales para personas mayores (EHPAD) habían sido infectadas por coronavirus (33.646 con positivo confirmado y 31.343 con síntomas compatibles).

Tomando como referencia el conjunto formado por el total de casos positivos en Francia, más las personas mayores residentes en centros EHPAD con síntomas compatibles con la COVID-19, el peso de las personas residentes en esos centros llega a alcanzar un 39% del total de casos considerados en el momento álgido de la expansión epidémica, el 28 de abril. La evolución de este indicador puede observarse en el gráfico 2.

El mencionado gráfico revela también que, si se incluye en el grupo anterior al personal de las residencias para personas mayores con síntomas compatibles, las personas residentes y el personal de los centros residenciales llega a suponer, el 5 de mayo, un 52,1% de los casos considerados.

El conjunto de personas residentes, así como el personal de los centros residenciales, constituyen por tanto uno de los focos más relevantes de la infección en Francia. Según el momento considerado, en las personas con infección confirmada, este colectivo de personas vinculadas a las residencias de personas mayores llega a representar entre un 35,9 y un 36,5% del total de casos confirmados de COVID-19 en Francia.

Como en la mayor parte de los países de Europa, en Francia se corrobora por tanto el papel determinante de los centros residenciales para mayores como uno de los ámbitos preferentes de desarrollo de la infección.

Los datos presentados confirman, por otra parte, que parte del problema se vincula a la relevancia de la infección en el personal residencial. Así, el gráfico 3 revela que, desde el 14 de abril hasta el 26 de mayo, por 100 personas mayores residentes con infección confirmada o posible por COVID-19 en centros residenciales, entre 45,5 y 47,2 miembros del personal de esos centros también acaban sufriendo la enfermedad (de forma acreditada o con síntomas compatibles).

2. Las personas mayores residentes como grupo determinante en los fallecimientos observados

Es sin embargo en los fallecimientos en los que resulta determinante la extensión de la infección en centros residenciales. Así, como muestra el gráfico 5, a partir del 14 de abril se constata que las personas mayores residentes en las residencias EHPAD suponen entre un 48,5 y un 50,9% de los fallecimientos totales por COVID-19.

El 16 de junio, las 14.341 defunciones registradas entre personas residentes suponían un 48,5% de las 29.547 registradas en el total de Francia.

2.1. Un impacto diferencial de la mortalidad por COVID-19 en residencias

Los datos anteriores muestran que el peso de las defunciones entre personas mayores residentes resulta superior a la participación en los casos de infección, confirmados o con síntomas.

Este aspecto puede analizarse en el gráfico 6 que muestra la proporción de personas fallecidas sobre el colectivo de referencia afectado por la infección (y registrado por las autoridades sanitarias). De esta forma, el gráfico refleja que, a lo largo de la pandemia, la letalidad resulta entre 4,9 y 6,1 puntos porcentuales superior en las personas mayores en residencias de mayores respecto al resto de la población.

En el grupo de personas mayores en residencias, la letalidad de la enfermedad se sitúa el 7 de abril en un 13,1% de la población residente infectada (confirmada o posible) y llega al 15,5% el 14 de abril, por encima del 9,5% observado en el resto de la población (con positivo confirmado).

El 26 de mayo, la letalidad llega a un 19% de la población residente infectada (confirmada o posible), por encima del 12,9% del resto de población con positivo confirmado.

2.2. Con un impacto interno relevante, pero minoritario

El gráfico 7 muestra la evolución de la proporción de personas fallecidas por COVID-19 sobre el total de plazas residenciales en los centros para personas mayores de Francia. El impacto interno es importante puesto que los fallecimientos llegan a suponer un máximo de 23,5 por mil plazas EHPAD el 16 de junio.

Siendo la cifra muy relevante, destaca sin embargo que se trata de un colectivo de población que resulta claramente minoritario, incluso dentro del ámbito residencial. Las residencias francesas han tenido, por tanto, cierto éxito, en controlar los efectos más duros de la epidemia, limitando el impacto interno de los fallecimientos.

2.3. La progresiva caída de la letalidad entre la población residente

Un aspecto fundamental de esta positiva evolución se corresponde con un evidente éxito en el progresivo control de la letalidad semana del virus entre la población mayor afectada (con positivo confirmado o posibles síntomas), tal y como se observa en el gráfico 8.

El mencionado gráfico revela que la letalidad semanal entre la población de mayores residentes por COVID-19 llevó a situarse en un 22,9% en la semana finalizada el 7 de abril. A partir de ahí se observa una progresiva caída de la tasa, aunque con cifras todavía superiores al 10% entre el 14 y 21 de abril (14% y 11,4%). El 29 de abril, sin embargo, la tasa de letalidad cae ya al 4,5% para situarse por debajo del 3% a partir del 5 de mayo, y del 1% a partir del 26 de mayo.

Los datos anteriores muestran así que una parte del éxito en el control de la epidemia en las residencias francesas se vinculan no sólo a los resultados del confinamiento en la prevención de la aparición de nuevos casos, sino también a la política asistencial hacia la población residente.

Cabe sostener la hipótesis de que parte de este buen resultado se vinculado a la propia acción asistencial -sanitaria o no- en los centros. En este sentido, el gráfico 9 parece indicar que el grueso de la actuación sanitaria se ha centrado en las propias residencias. Así, y aunque en línea ascendente, el porcentaje de fallecimientos de personas mayores residentes en hospital no pasa nunca del 27,1%. La cifra sugiere por tanto que la carga de la atención a las personas mayores podría haber quedado, como pone de manifiesto la propia experiencia de otros países, por ejemplo Italia y muy probablemente España, en los propios centros residenciales.

De confirmarse lo anterior, el resultado de la acción residencial, al menos en Francia, podría considerarse en términos relativamente positivos, dada la magnitud del reto que suponía la pandemia.

Será interesante comprobar en qué medida las conclusiones presentadas pueden aplicarse, o no, a determinadas comunidades autónomas en España, en particular en el análisis de aquellos casos en los que el control de la letalidad ha podido compatibilizarse con un impacto comparativamente significativo de la epidemia (en términos de casos positivos realmente registrados).

Ingreso mínimo vital y rentas mínimas autonómicas. ¿Qué harán las comunidades autónomas?

Luis Sanzo González

DESCARGA DEL DOCUMENTO COMPLETO EN PDF

Introducción

El pasado 1 de junio de 2020, el Boletín Oficial del Estado publicaba el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital (IMV).

El nuevo IMV constituirá el marco de referencia para la política de garantía de ingresos en España durante un periodo de tiempo probablemente largo. Introduce un cambio notable respecto a la situación previa a su aprobación, en la que se dejaba en manos de las comunidades autónomas la responsabilidad de establecer prestaciones de garantía de última red, las llamadas rentas mínimas autonómicas.

Una vez introducida la prestación estatal de renta mínima, la cuestión clave para las comunidades autónomas consistirá en definir la forma en que tratarán de adaptarse al nuevo marco de política social que representa el IMV. Este artículo aborda una cuestión que, contrariamente a lo que podría pensarse, está lejos de quedar resuelta en el Real Decreto-ley aprobado.

El IMV: una iniciativa positiva, con algunas limitaciones

El nuevo IMV supone sin duda un importante avance en la política social impulsada por el Estado. Por primera vez desde la aprobación de la actual Constitución en 1978, el Gobierno de España acuerda destinar una partida económica significativa, alrededor de 3.000 millones de euros anuales, a políticas de renta mínima o renta garantizada. Sin perjuicio de la constatación de este paso adelante esencial, el diseño del IMV plantea sin embargo algunos problemas importantes para las comunidades autónomas con una cierta trayectoria histórica en el desarrollo de las políticas de garantía de ingresos.

Las cuantías establecidas

Un primer problema se vincula con los límites asociados a las cuantías garantizadas por el IMV. A pesar del indudable esfuerzo protector que le caracteriza, estas cuantías resultan por ahora limitadas. Esto afecta de manera especial a las comunidades autónomas que cuentan en su seno con regiones metropolitanas densamente pobladas y con un coste de la vida comparativamente elevado.

Estos aspectos pueden comprobarse en la tabla 1. Esta tabla aporta información sobre algunos indicadores de cobertura de las necesidades de ingresos por el IMV, en relación con algunos de los tipos de personas o unidades de convivencia socialmente más representativos. Por una parte, considerando el 60% de la media señalada por los hogares para llegar a fin de mes (pregunta HS130 de la Encuesta de Condiciones de Vida), se observa que el grado de cobertura para el conjunto de España se sitúa entre el 51% (en el caso de una pareja con dos menores) y el 60% (en el caso de una pareja con un menor). El intervalo se sitúa entre el 58 y el 68% en el grupo de comunidades autónomas con un nivel de precios más bajo (Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha, Ceuta y Canarias), pero se reduce a un intervalo entre el 46 y 53% en el grupo compuesto por la región de Madrid y Cataluña.

Tabla 1

Por otra parte, la tabla contempla el indicador del 50% de la mediana equivalente que se considera como umbral de pobreza a superar por el Comité Europeo de Derechos Sociales que monitoriza el cumplimiento de la Carta Social Europea (y al que se aplica la escala de equivalencia asociada a las respuestas de la población a la pregunta HS130). En tal caso, el grado de cobertura se sitúa entre el 71 y 80% para el conjunto de España. La proporción se sitúa entre el 63 y el 71% en el grupo Madrid/Cataluña.

Los datos de cobertura potencial del IMV anticipan que su aportación resultará decisiva en la prevención de las formas de vulnerabilidad económica más severas, pero la distancia existente a los umbrales de necesidad considerados, ligados a la medición de la pobreza, seguirá siendo relevante. Esta situación hará necesario que las comunidades autónomas, al menos aquellas que sigan apostando por las políticas de garantía de ingresos, complementen las cuantías garantizadas por el IMV.

La concepción anual del IMV

En el posible intento de afrontar la problemática señalada, las comunidades autónomas interesadas se enfrentarán a otro problema relevante en el diseño del IMV: la orientación anual del modelo de gestión de la prestación.

En cierto sentido, el IMV se parece a un tipo de crédito fiscal similar al planteado en el EITC estadounidense. De esta forma, el acceso a la prestación de los grupos potencialmente beneficiarios (familias o personas solas), así como su cuantía, se vincula al contraste anual entre los ingresos reales durante el ejercicio fiscal anterior y la renta anual garantizada, con devolución de ingresos a quienes se sitúen por debajo de la renta de garantía. El IMV se aleja sin embargo del tipo de contraste fiscal del EITC y se plantea como una prestación de Seguridad Social. En vez de liquidarse a año vencido, además, la prestación se distribuye mediante aportaciones mensuales durante el año posterior al del ejercicio fiscal de referencia.

La concepción anual del IMV plantea disfunciones y dificultades de gestión, al menos para aquellas comunidades autónomas que vinculan el acceso a la renta mínima a la situación existente en cada momento. Por una parte, durante el año en curso, sitúa como receptoras potenciales del IMV a personas que ya no se encontrarán en situación de vulnerabilidad económica[1]. Por otra, lo que es mucho más problemático, sitúa en condiciones precarias a quienes, no disponiendo en la actualidad de recursos suficientes (pero sí a lo largo del año anterior), tendrían que esperar a la finalización del año para poder acceder a la prestación. De esta forma, personas actualmente necesitadas pueden quedar desatendidas.

Por tanto, y a diferencia de las rentas mínimas, el IMV no hace frente, salvo algunas excepciones como las previstas en la Disposición transitoria tercera, a las necesidades del momento, y difiere la protección al año siguiente. Estas necesidades deberán seguir siendo atendidas a través de las rentas mínimas autonómicas.

El modelo de aproximación anual al cómputo de los ingresos que se plantea en el IMV dificulta seriamente, además, la posibilidad de una integración de la nueva prestación con las rentas mínimas autonómicas. La razón es que éstas son prestaciones cuya gestión se basa en la consideración de la situación de la población potencialmente beneficiaria en un periodo de tiempo más corto que el año.

Las alternativas para las comunidades autónomas

El RDL 20/2020 abre la puerta a una gestión descentralizada del IMV a través de la modalidad de convenio o, en el caso de Navarra y País Vasco, de la asunción directa de las funciones y servicios atribuidos al INSS. No impone sin embargo una obligatoriedad general de participación autonómica en la administración de la prestación. De esta forma, aquellas comunidades autónomas que renuncien a gestionar el IMV podrán hacerlo. Quienes opten por la participación tampoco tendrán obligación de complementar cuantías o de cubrir a nuevos colectivos. Las comunidades autónomas podrían hacerlo, pero no estarán obligadas.

Es por tanto posible que algunas comunidades autónomas desistan de su responsabilidad respecto a las políticas de garantía de ingresos.

La pregunta interesante, no obstante, es qué podrán hacer las comunidades autónomas interesadas en afrontar el reto de contribuir a consolidar, o mejorar, el nuevo sistema de protección ligado al IMV. Sin negar la posibilidad de otras vías de actuación, las alternativas más probables serían las que se plantean a continuación.

La exclusiva gestión autonómica del IMV.

Es posible que algunas comunidades autónomas sin excesivo interés en el gasto en políticas de rentas mínimas puedan, sin embargo, mostrar voluntad de participar en la extensión y desarrollo de una prestación que tendrá sin duda impacto social.

En el caso de aquellas comunidades que simplemente quieran aprovechar la posibilidad de gestionar el IMV, a cargo en lo esencial de la aportación financiera del Estado, podría así bastar con la asunción de la gestión de la prestación, de acuerdo con su modelo de gestión anual y sin mayores pretensiones de complementación de la protección. En tal caso, las comunidades de referencia simplemente asumirían una participación en los costes administrativos de gestión.

Es probable que muchas regiones españolas, quizás la mayoría, opten por esta salida que tendría en cualquier caso la virtualidad de acercar la administración de la prestación a la población en el ámbito regional y local. Pero la opción no será automática ni, aparentemente, fácil: teniendo en cuenta las recientes declaraciones de José Luis Escrivá, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones evaluará previamente la capacidad de gestión de cada comunidad autónoma demandante antes de concluir los convenios previstos.

La asunción de la lógica de gestión anual del IMV en una acción de complementación autonómica

En el caso de comunidades autónomas con voluntad de ampliar la protección, una vía relativamente sencilla consistiría en asumir la modalidad anual de gestión del IMV y cubrir la diferencia existente entre la renta garantizada estatal y la renta garantizada de cuantía superior que pudieran establecer los gobiernos o parlamentos autonómicos. Esta aproximación podría interesar a comunidades autónomas que, desde una clara opción protectora, como Cataluña o Navarra, han establecido sin embargo periodos largos de cómputo de ingresos para contrastar la necesidad de la renta garantizada.

El mayor inconveniente con esta aproximación es que, como sucede con el IMV, también implicaría diferir al siguiente año la atención a la población que se encuentre en situación de vulnerabilidad económica durante el año en curso. Una posible alternativa para hacer frente a las necesidades de quienes solicitaran apoyo sería recurrir a prestaciones o ayudas autonómicas temporales.

En el caso de comunidades con gestión mensual de la prestación hasta ahora, sería en todo caso necesario tomar conciencia de un hecho relevante: la opción por una aproximación anual, a cuantía igual de la prestación, supondría en condiciones normales una protección inferior a la existente.

El adelanto a cuenta de las prestaciones esperables por IMV o un sistema de garantía paralelo al IMV para cubrir huecos temporales de protección

Algunas de las comunidades autónomas que pudieran apostar ante todo por la mera gestión del IMV, sin pretender complementar sus cuantías garantizadas, podrían sin embargo considerar la necesidad de resolver el planteamiento disfuncional que supone diferir al año siguiente la cobertura de necesidades muy actuales.

Más allá de ayudas temporales puntuales, en una línea similar a la planteada en la Disposición transitoria tercera del IMV, una posible solución sería adelantar las cuantías mensuales que, a la vista de la situación de ingresos existente hasta el momento considerado del año, corresponderían por IMV durante el año siguiente. En este escenario, las comunidades autónomas podrían adelantar a cuenta las cuantías esperables de IMV y, al finalizar el ejercicio anual, realizar una liquidación a través del contraste entre la renta garantizada IMV para el año siguiente y la suma de los adelantos percibidos a cuenta. El resultado se traduciría en un pago o devolución final de ingresos ante las personas beneficiarias.

Para que esta aproximación pudiera funcionar, sería necesario que los convenios de colaboración con las comunidades autónomas permitieran este tipo de aproximación. Al mismo tiempo, las comunidades autónomas implicadas tendrían que aceptar un modelo de gestión sujeto a ciertos niveles de incertidumbre y que pudiera dar lugar a importantes desfases en las cuantías finales a devolver por las personas interesadas.

Una condición añadida sería que las personas demandantes de estos adelantos de IMV fueran conscientes de las implicaciones asociadas a las posibles devoluciones finales a realizar, y valoraran la conveniencia o no de solicitar esos adelantos a cuenta. Dado que los ingresos pueden cambiar a largo del año y pudieran llegar a superar finalmente el umbral de la renta garantizada por IMV, esta aproximación podría dar lugar a que las cuantías a devolver pudieran llegar a resultar elevadas y, en buena medida, gravosas para las personas afectadas.

Esta aproximación es por tanto compleja. Las comunidades autónomas se arriesgan a requerimientos complicados de devolución de cuantías indebidamente pagadas o a costes añadidos significativos, incluso en caso de renunciar a complementar las cuantías garantizadas por el IMV.

Podría sin embargo minimizarse el riesgo si se redujera en algún porcentaje las cuantías cubiertas con esos adelantos, o manteniendo un sistema de renta garantizada menos favorable que el del IMV, similar al que utilizan muchas comunidades autónomas en la actualidad. Para regiones que, como Asturias, han tratado de mantener una política de garantía de ingresos de cierto impacto, pero con cuantías moderadas, ésta podría ser una vía de actuación.

No obstante, la alternativa probablemente más razonable sería mantener un sistema de rentas mínimas paralelo al del IMV en el que, desde unas cuantías de protección más modestas, fuera posible atender los huecos de protección dejados por la renta mínima estatal. De esta forma, se atendería a grupos sin derecho a IMV o a grupos sin protección suficiente que podrían acceder a dicha prestación al año siguiente y que, durante los periodos de necesidad no cubiertos por el IMV, podrían beneficiarse de la acción autonómica.

La complementación estructural del IMV desde un contraste ingresos/renta garantizada de periodicidad inferior a la anual

La alternativa más compleja, y al mismo tiempo más coherente con lo realizado por comunidades autónomas como Euskadi, Navarra o incluso Cataluña, sería complementar el IMV, pero con una periodicidad inferior a la anual en el contraste entre ingresos y renta garantizada.

En cierta forma, se trataría de una aproximación similar a la planteada respecto a los adelantos a cuenta o a las rentas mínimas temporales destinadas a cubrir huecos de protección en el IMV. Pero, en este caso, la prestación autonómica tendría una clara vocación de mejora estructural, y por tanto permanente, de las cuantías garantizadas por el IMV.

En estos casos en los que comunidad autónoma pretendiera mantener un modelo propio de complementación basado en un contraste de las necesidades en periodos inferiores al anual, resulta discutible la pretensión de establecer un sistema integrado de gestión que se plantee en términos de prestación única, con una parte de IMV y un complemento autonómico. La distinta consideración temporal del periodo de cómputo hace que la fusión en una “sola» prestación resulte prácticamente imposible en términos de procedimiento y gestión administrativa.

En estos términos puramente administrativos, el intento de fusión entre IMV y prestación autonómica plantea dificultades de tal envergadura que resultaría más sencillo y operativo asumir una gestión paralela, aunque lo más coordinada posible. A partir de la cuantía mensual fijada para el IMV en cada momento, y con independencia de que esa aportación correspondiera en realidad a una situación pasada, la renta mínima autonómica, delimitada como prestación diferenciada, complementaría el IMV hasta el umbral garantizado por la comunidad autónoma. En este contexto, y desde la perspectiva de esta prestación autonómica, el IMV se computaría como otro posible ingreso más.

Ante la posible insatisfacción ante esta perspectiva de superposición de prestaciones, es preciso recordar que el reto verdadero se centrará en la adecuada gestión de un sistema de garantía de ingresos complejo, esto es, un sistema que tiene que ser capaz de adaptarse mes a mes (o durante el periodo inferior al año que se considere) a las necesidades cambiantes de la población.

—–

En cualquier caso, más allá de las posibles alternativas por las que opten, las comunidades autónomas deberán además fijar su posición respecto a la protección de aquellos colectivos que quedan fuera del IMV por razones ligadas al sistema de requisitos para el acceso. Entre ellos destacan las personas mayores de 65 años y la población extranjera sin residencia legal en España.

La necesidad de una armonización en el diseño y gestión de las rentas de garantía de ingresos

En el caso de las comunidades autónomas que pretendan mantener un sistema complementario de rentas mínimas, de gestión periódica inferior a la anual, la diferenciación entre prestaciones no supone renunciar necesariamente a una gestión de pretensión común, coherente y coordinada. El objetivo sería una gestión en cierta forma integrada en la que se establezcan nítidamente las aportaciones específicas que, para cada mes, corresponden al IMV y a la correspondiente prestación autonómica.

Pensando en la necesidad de una aproximación de comprensión y manejo sencillo por parte de la población, será necesario buscar fórmulas operativas que permitan simplificar al máximo la administración de estas prestaciones, tanto en el momento de la solicitud como de las resoluciones y revisiones[2]. El desafío al que se enfrentarán Euskadi, Navarra y las demás comunidades autónomas que opten por esta vía consistirá precisamente en tratar de simplificar al máximo los procesos de solicitud y tramitación, previendo ventanillas únicas y formas de tramitación simplificadas.

En definitiva, el marco de acceso a la prestación deber resultar lo más sencillo posible para las personas solicitantes.

Armonización conceptual y de modelo

En el contexto de la introducción de un marco estatal básico en las políticas de garantía de ingresos, esta pretensión obligará a realizar un trabajo de armonización en la esfera autonómica de cara a consolidar elementos comunes a las distintas prestaciones, un propósito que deberá plantearse también en términos de adaptación y homogeneización conceptual. Esta necesaria acción de adaptación afectará a aspectos clave de las rentas mínimas existentes, tales como la definición de la unidad de convivencia, las formas de consideración y cómputo de ingresos o patrimonio, o la delimitación de los requisitos y obligaciones a considerar.

En las comunidades autónomas con mayor trayectoria en políticas de garantía de ingresos, convendría extender este debate sobre la armonización con una reflexión sobre el propio modelo de renta mínima autonómica. En este sentido, la aprobación del IMV obliga en cierta forma a reflexionar sobre los elementos básicos y esenciales del diseño de las rentas autonómicas y del propio IMV (en especial en lo relativo a las partes más indefinidas de la nueva prestación en el actual Real Decreto-ley).

En este proceso de revisión, convendría retomar la reflexión sobre el mejor modo de conseguir dos grandes objetivos. El primero de ellos se centra en establecer un nivel adecuado de protección económica para la población que se enmarque en una política más amplia de consolidación de derechos. En este sentido, el derecho a una seguridad económica debería vincularse no sólo a las políticas de garantía de ingresos sino también a las que deben contribuir a hacer realidad el acceso en condiciones a un empleo digno y a la vivienda. En particular, será necesario contemplar las modalidades de integración de las prestaciones de vivienda y de garantía de ingresos en un proyecto coherente de protección.

El apartado 3 del artículo 10 del RDL del IMV plantea esta cuestión al considerar que, reglamentariamente, se determinará el posible incremento de las cuantías garantizadas “cuando se acrediten gastos de alquiler de la vivienda habitual superiores al 10 por ciento de la renta garantizada que corresponda, en su cuantía anual”. Es una vía de integración en el IMV de un complemento de vivienda en determinadas situaciones de alquiler[3].

El segundo objetivo se relaciona con la necesidad de simplificar al máximo los requisitos de acceso, y de reducir las obligaciones asociadas a las rentas mínimas autonómicas a aquellas que resulten más razonables y menos intrusivas para la población. En particular, debería valorarse la conveniencia de profundizar en un modelo y flexible de renta garantizada frente a modelos más estrictos de renta mínima de inclusión o de renta de activación.

La orientación de renta garantizada que marca en parte el IMV, coherente con nuevas políticas como las establecidas recientemente en Navarra o Cataluña, se traduce en un intento de consolidar prestaciones de gestión simplificada para las personas solicitantes, y con requisitos y obligaciones más limitados que los que venían siendo habituales en las rentas mínimas de inclusión.

Destaca en este sentido, en términos de condicionalidad o contraprestación, que el único requisito de acceso significativo del IMV se limita a exigir con carácter general que, en el caso de personas que no estén trabajando y sean mayores de edad, éstas figuren inscritas como demandantes de empleo[4].

Renta garantizada e inclusión social y laboral

En todo caso, para ser exitosa, la gestión de las prestaciones de garantía de ingresos no debería seguir confundiéndose en el futuro con procesos diferenciados, como los vinculados a la inclusión social o laboral.

Esto no significa renunciar a un proyecto de protección económica orientada a favorecer la inserción social y laboral en el diseño de los sistemas de rentas mínimas autonómicas. Pero sí supone situar el enfoque en vías positivas que no introduzcan un germen de conflicto estructural en la dinámica política o social. En este sentido, la apuesta más razonable podría pasar por el apoyo a la inserción social y laboral a través de incentivos y estímulos positivos (estímulos al empleo, bonificación por participación en acciones de inserción, etc.), en detrimento del recurso a mecanismos de condicionalidad o contrapartidas duras (contraprestación).


[1]   Esta cuestión deberá precisarse, sin embargo, en términos reglamentarios. El RDL que regula el IMV no se compromete en torno al modo de abordar las modificaciones de cuantía, aunque señale que «podrá» haber este tipo de modificaciones en caso de variación de las condiciones de acceso a la prestación.

[2]   El modelo de revisiones y modificaciones del IMV está, sin embargo, pendiente de clarificación. Habrá que esperar en gran medida, en este punto, al desarrollo reglamentario.

[3]   La limitación del apoyo a los gastos de alquiler refleja la habitual distinción aplicada a la hora de considerar el tipo de régimen de tenencia de la vivienda que es susceptible de protección económica. En este sentido, el gasto orientado a pagar por el uso del capital ajeno se contempla como gasto protegible, pero no el destinado a liberarse de ese capital ajeno a través de la inversión en una vivienda propia.

[4]   El RDL 20/2020 no resulta sin embargo del todo conclusivo en una estrategia de consolidación de un modelo de renta garantizada. En este sentido, junto a claros rasgos que indican la apuesta por esta idea, se introducen también algunos elementos propios de los modelos de renta mínima de inserción o de activación.

     Así, el apartado 1 del artículo 2, que define el concepto y naturaleza del IMV, señala que a través de la prestación se pretende “garantizar una mejora de oportunidades reales de inclusión social y laboral de las personas beneficiarias”. En la misma línea, la letra a) del artículo 3 presenta como característica del IMV que contendrá “en su diseño incentivos al empleo y a la inclusión, articulados a través de distintas fórmulas de cooperación entre administraciones”, desarrolladas en el artículo 28 y dirigidas “a la remoción de los obstáculos sociales o laborales que dificultan el pleno ejercicio de derechos y socavan la cohesión social”.

     En la misma línea, la letra h) del apartado 1 del artículo 33 establece que las personas titulares del IMV tendrán la obligación de participar “en las estrategias de inclusión que promueva el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, previstas en el artículo 28.1, en los términos que se establezcan”.

     En el artículo 33 de obligaciones, el RDL introduce además una cláusula de apertura al señalar que las obligaciones del titular podrán extenderse a “[C]ualquier otra obligación que pueda establecerse reglamentariamente”.

     Todas las obligaciones señaladas se extienden igualmente a las demás personas beneficiarias del IMV.

Proyecciones y previsiones demográficas para España: principales resultados comparados.

El INE acaba de publicar sus Proyecciones de Población 2018. Pocos días antes, la AIREF sorprendía con unas previsiones muy optimistas sobre la evolución de la población española en las próximas décadas.

Un rasgo común de los resultados presentados por el INE y la AIREF es la perspectiva de recuperación de la inmigración, con saldos migratorios que resultarían positivos a largo e incluso muy largo plazo. Esa perspectiva contribuye a romper con el pesimismo hasta ahora dominante, traducido en previsiones de caída o estabilización de la población. Cierto es que no se trata de algo verdaderamente nuevo: Eurostat se había adelantado al perfilar, en sus Proyecciones 2015, un escenario de aumento de las migraciones netas, de la fecundidad y de la población.

Resulta útil resumir los escenarios demográficos que plantean los tres trabajos señalados. En lo relativo a la dinámica de la población, los resultados se presentan en la tabla 1 y en el gráfico 1 asociado. En la presentación se incluye igualmente uno de los escenarios complementarios de Eurostat, que asume un nivel de migración alta, y no sólo su proyección base.

Tabla 1

Gráfico 1

Como puede observarse en el gráfico 1, todas las proyecciones o previsiones realizadas coinciden en presentar una línea de significativo incremento de la población entre 2018 y 2015. Sin embargo, la perspectiva de crecimiento poblacional es ahora mayor en la proyección del INE que en la que planteaba Eurostat en su modelo base. Hasta 2040, el crecimiento planteado por el INE supera incluso el previsto en el escenario de migración alta planteado por el organismo estadístico europeo.

Otro hecho relevante es que, hasta 2025, la previsión de AIREF plantea una línea de crecimiento de la población muy similar a la del INE. Es sólo a partir de ese año cuando los escenarios planteados por los dos organismos se alejan claramente. Mientras el aumento de la población se modera hasta 2050 en el caso del INE, la AIREF mantiene una previsión de muy fuerte crecimiento demográfico a partir de entonces. La línea alcista de la población supera incluso la dinámica de crecimiento poblacional continuado que define Eurostat, en el supuesto de migración neta alta.

Resulta de interés comparar, en los gráficos 2 y 3, las bases principales en las que se fundamentan la proyección del INE y la previsión de AIREF. Más allá de la aparente convergencia hasta 2025, ésta resulta de escenarios diferentes, con una perspectiva de migración neta inicialmente más alta en la proyección del INE, cercana o superior al 5 por mil (frente a niveles cercanos o inferiores al 4 por mil en el caso de la AIREF). En cambio, la AIREF plantea un mayor crecimiento del índice coyuntural de fecundidad (hasta 1,57 hijos/as por mujer en 2025 por 1,37 en la proyección del INE).

La divergencia en crecimiento de población que se observa entre INE y AIREF a partir de 2025 se basa en dos rasgos diferenciales de la estimación que realiza la autoridad de responsabilidad fiscal. El primero es un fuerte crecimiento del número de hijos/as por mujer a partir de 2025 (de 1,57 en ese año a 1,85 en 2050) que no es tan llamativo en la proyección INE (de 1,37 en 2015 a 1,52 en 2050).

El segundo tiene que ver con la previsión de elevada migración neta positiva que se mantiene hasta 2050 en el escenario base de la AIREF. En la previsión de este organismo, el saldo migratorio positivo pasa de cifras iguales o inferiores al 4,25 por mil entre 2018 y 2025 a niveles que superan el 5 por mil a partir de 2035 y llegan al 7,23 por mil en 2050. La proyección del INE parte en cambio de crecimientos superiores al 5 por mil en las migraciones netas hasta 2020. Éstos se reducen posteriormente hasta niveles inferiores o cercanos al 3 por mil a partir de 2035.

Gráfico 2

Gráfico 3

Aunque el análisis de las proyecciones o previsiones presentadas debe resultar más detallado, de partida conviene señalar dos cuestiones relevantes. La primera es que entre 2009 y 2015 el saldo migratorio ha sido nulo o negativo en España. Sólo en 2016 nos acercamos a un saldo migratorio neto positivo cercano a las estimaciones de AIREF o del INE (3,5%). Aunque hay bases objetivas para un crecimiento importante de la inmigración, debe discutirse si previsiones como las de AIREF, o las del INE hasta 2035, pueden fundamentarse suficientemente en la experiencia de lo ocurrido en estos últimos años, en especial si se tiene en cuenta el proceso de desaceleración de la economía.

La segunda cuestión es más problemática y tiene que ver con un hecho llamativo: la reciente caída del indicador coyuntural de fecundidad. Así, después de una línea de recuperación desde el 1,27 de 2013 hasta el 1,34 de 2016, el número de hijos/as por mujer cae a 1,31 en 2017, en el año de mayor de recuperación de la economía española desde 2008. Esta imprevista caída vuelve a recordar la relevancia de los factores que condicionan los procesos de precariedad encubierta en España, entre ellos la evolución alcista del precio de la vivienda. Es probable, en este sentido, que los expertos en demografía en España sigan subestimando los límites socioeconómicos a la recuperación de la fecundidad, presentes también (a veces incluso crecientes) en momentos de auge de la economía.

La menguante (y sesgada) cobertura del desempleo

Este post fue publicado inicialmente en catalán en Llei d’Engel

Las transformaciones de los últimos decenios y los efectos de la crisis económica han despertado una creciente atención por las «fracturas» sociales. Más allá de la preocupación por las dificultades por las que pasa una parte importante de la población, el peligro de que las sociedades occidentales se estén «rompiendo» y dando lugar a espacios sociales con perspectivas divergentes está presente en diversos análisis sobre la evolución social reciente (como los de FOESSA para España o France Stratégie para Francia). La crisis de los sistemas de representación política (las elecciones presidenciales norteamericanas, la dinámica de partidos en España o el Brexit) se atribuye con frecuencia a esa fractura, que haría que el voto se polarice en territorios o grupos sociales cada vez más separados.

En el caso español, las dos líneas de fractura de las que se habla con mayor frecuencia son la territorial (ciertamente de origen muy anterior pero políticamente agravada por la crisis) y la que separa la población de mayor edad de la más joven. El impacto de la crisis ha sido muy diferente para la población mayor de 65 años y para los menores de esa edad. Los mayores se han visto naturalmente menos afectados por la destrucción de empleo mientras el sistema de pensiones no se ha visto afectado por los recortes (al menos a corto plazo). Por el contrario, los adultos en edad activa se han visto muy duramente afectados y su parte más pobre ha llegado a perder un tercio de sus ingresos entre 2008 y 2014. Desde el punto de vista territorial, a la vieja polaridad entre regiones ricas y pobres se han añadido la fractura entre la España mediterránea dinámica pero precaria, una España envejecida sostenida por las pensiones en el Noroeste y un Norte más industrial pero en riesgo.

Una de las funciones de las políticas sociales, y en especial de las de garantía de ingresos, es compensar y corregir las tendencias a la desigualdad y prevenir con ello el agravamiento de las fracturas sociales. En el contexto de una crisis intensiva en destrucción de empleo, las políticas de protección económica por desempleo han adquirido un protagonismo notable. España es el país de la Unión Europea que mayor esfuerzo realiza, en proporción a su PIB en desempleo. El gasto en desempleo alcanzó un máximo del 3,6 por ciento del PIB en 2011.

La protección económica por desempleo tiene dos grandes niveles, al que se añade de hecho un tercero.

El primero lo constituyen las prestaciones contributivas, que funcionan con una lógica de seguro, y compensan la pérdida del salario anterior en proporción al mismo y durante un tiempo proporcional al tiempo cotizado (4 meses de prestación por cada año cotizado, aproximadamente).

El segundo nivel lo componen diversas prestaciones o subsidios asistenciales, que son de cuantía fija (por lo general el 80 por ciento del IPREM), están sometidas a una exigencia de insuficiencia de ingresos y tienen un carácter muy selectivo. Para acceder hay que estar en alguna de una lista de situaciones definidas, entre otros criterios, por haber agotado una prestación contributiva, por la edad, por haber cotizado pero de forma insuficiente, por tener responsabilidades familiares o por estar en situaciones particulares (salir de la cárcel, ser víctima de violencia de género y otras). En este nivel incluimos algunas prestaciones peculiares, como la Renta Activa de Inserción y los programas temporales PRODI y PAE, que hoy están en revisión al haberlos considerado el Tribunal Constitucional como políticas activas de empleo con subvención en lugar de cómo prestaciones propiamente dichas.

Por último, las rentas mínimas autonómicas no son estrictamente prestaciones por desempleo, aunque en una parte substancial las sustituyen en situaciones no cubiertas por el sistema general.

De estas prestaciones, las rentas mínimas autonómicas son las que con mayor frecuencia reciben críticas. Las diferencias de cobertura son muy notables y no tienen relación aparente con la intensidad de la pobreza de cada comunidad. Aunque en conjunto han jugado un papel positivo, en especial en las comunidades de mayor cobertura, es frecuente reprochar al carácter autonómico (y, por tanto, potencialmente desigual) el agravamiento de las desigualdades entre territorios. Cabe preguntarse qué sucede con un programa mucho mayor, el de las prestaciones por desempleo, que tiene carácter y ámbito estatal, y con excepción del caso de los trabajadores eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura, una normativa homogénea para todo el país. Sólo analizaremos la cobertura, sin entrar en un asunto importante, como es la diferencia de poder adquisitivo real de unas cuantías homogéneas en un país que presenta diferencias de coste de la vida entre territorios que se acercan al 30 por ciento.

La primera cuestión a tener en cuenta es que la cobertura global del desempleo (es decir, la proporción de parados registrados que perciben alguna prestación) se ha reducido mucho desde 2010. El máximo nivel de cobertura se alcanzó entre 2008 y 2010, cuando entre 7 y 8 de cada 10 parados registrados percibían alguna prestación o subsidio. Desde 2010 se estabiliza con una ligera tendencia a la baja, que se acelera a partir de principios de 2013 y cae de forma que hoy sólo la mitad de las personas sin empleo registradas perciben alguna prestación. A la caída de las prestaciones contributivas (por agotamiento del derecho a las mismas derivado de la cotización) se ha añadido un ajuste a la baja del acceso a la modalidad asistencial. El gasto en el conjunto de subsidios asistenciales por desempleo ha caído de unos 10.300 millones anuales en 2010 a unos 7.600 en 2015. Pero analicemos con mayor detalle a quién y dónde llegan estos subsidios.

Gráfico 1. Evolución del desempleo registrado y del número de personas perceptoras de prestaciones y subsidios por desempleo 1996–2018 (datos mensuales)

Fuente: Estadísticas del MESS y SEPE

Laprotección por desempleo alcanza de forma mucho más intensa a los desempleados varones y mayores de 45 años que a las personas desempleadas más jóvenes y a las mujeres. Las personas mayores de 45 años (y más aún las mayores de 55) tienen un acceso menor a prestaciones contributivas pero muy superior a los subsidios asistenciales, en especial gracias a dos de sus modalidades, el subsidio de mayores de 55 años y la Renta Activa de Inserción, que está dirigida prioritariamente a los mayores de 45 años. Se trata sin duda de una franja de edad con riesgo de permanencia a largo plazo en el desempleo y de ver erosionarse sus derechos a una pensión. Pero llama la atención el contraste con la población adulta más joven (de 25 a 44 años de edad) que ha sufrido con dureza la crisis y donde es más frecuente tener hijos menores, cuya protección es notablemente inferior.

Gráfico 2. Distribución por edad y sexo de las personas perceptoras de prestaciones por desempleo y de las demandantes de empleo no ocupadas (diciembre 2015)

Fuente: Estadísticas del MESS y SEPE

Esta menor protección de los jóvenes y de las mujeres es resultado de un proceso de caída diferencial de la cobertura. El siguiente gráfico muestra la evolución de un indicador de cobertura[1]para cada grupo de edad y sexo entre 2006 y 2016.

Gráfico 3. Evolución de la ratio entre perceptores de prestaciones y parados registrados (más trabajadores eventuales agrarios con subsidio) por sexo y edad 2006–2016

 Fuente: Anuarios de Estadísticas Laborales

La progresiva liquidación de los programas excepcionales (PRODI, Prepara y Programa de Activación para el Empleo) parece tener un papel importante en la reducción selectiva de la protección contra los más jóvenes. Dichos programas protegieron con mayor intensidad a los desempleados menores de 45 años mientras duraron. También es cierto que los desempleados adultos jóvenes se vieron protegidos desde el inicio de la crisis en mayor medida por las prestaciones contributivas. Su progresivo deterioro, fruto de su agotamiento y de los períodos de cotización más breves durante la crisis y la incipiente recuperación, ha tenido también un efecto de «desprotección diferencial» en perjuicio de esta población.

Las diferencias de cobertura por territorios son también importantes. Hay una comunidad outlierpor arriba, las Islas Baleares, que presenta en el mes de diciembre (no así en verano) un nivel de cobertura sorprendentemente elevado, que de hecho supera el 100 por cien. Junto con la fuerte rotación del empleo en el turismo, hay que recordar que algunos no ocupados como los fijos discontinuos no se cuentan como desempleados, aunque perciban prestaciones por desempleo.

La mayoría del resto de comunidades tiene una cobertura entre el 42 y el 47 por ciento de los desempleados. Algo por encima aparecen tres, Extremadura, Cataluña y Andalucía con una cobertura de entre el 53 y el 56 por ciento, y por debajo Asturias, el País Vasco y Ceuta y Melilla. Estas diferencias necesitan un análisis más detallado, que está pendiente de hacer. Pero se pueden apuntar algunas posibles explicaciones.

Gráfico 4. Cobertura de las prestaciones per desempleo (contributivas y asistenciales) sobre el total de demandantes de empleo no ocupados por comunidad autónoma. Diciembre 2015.

Fuente: Estadísticas del MESS y SEPE

Unamirada más detallada a los tipos de prestaciones y subsidios de cada comunidad nos da algunas pistas. De las tres comunidades con una cobertura algo superior a la media, en Extremadura y Andalucía la mejor cobertura se explica sobre todo por el papel adicional del subsidio de eventuales agrarios y la Renta Agraria. Si Andalucía careciese de estos dos programas la cobertura caería bastante por debajo del 40 por ciento, por lo que parece claro que cubren una carencia importante. Pero al mismo tiempo extienden la protección más allá de la que existe en otras comunidades. En el caso de Cataluña, por el contrario, es el mayor acceso a prestaciones contributivas el que compensa un acceso bastante inferior a las asistenciales.

En el otro extremo, llama la atención el caso de Asturias y, sobre todo, el del País Vasco. En este último, el acceso a prestaciones contributivas es relativamente alto pero el acceso a las asistenciales es el más bajo de todas las comunidades. Cabe preguntarse si el acceso amplio a la Renta de Garantía de Ingresos, una prestación asistencial autonómica de cuantía superior a los subsidios de desempleo no está dando lugar a una transferencia perversa de responsabilidades. La RGI, como las otras rentas mínimas autonómicas, son y deben ser subsidiarias o complementarias de prestaciones estatales como las de desempleo, y no al revés. Sin embargo, la regulación estatal de los subsidios computa los ingresos por renta mínima para establecer la carencia de medios, de forma que quienes acceden a la renta mínima pueden ver denegado (o reducido) el subsidio de desempleo. Mientras en la mayoría de las comunidades esta contradicción queda limitada por la baja cuantía y cobertura de la renta mínima, en el País Vasco (y hasta cierto punto en Asturias) parece que las prestaciones autonómicas sustituyen una responsabilidad de la administración central.

La intención de este artículo sólo es mostrar algunos datos que hacen pensar que nuestro sistema de protección por desempleo (y más en general de garantía de rentas) requiere de ajustes que lo hagan más eficaz y más equitativo. La explicación de las diferencias entre grupos de edad y sexo y entre territorios requiere de más análisis, y para ello se requiere un acceso más completo y sencillo a información detallada sobre las prestaciones (estatales y autonómicas). Los sesgos apreciables en programas que son de derecho subjetivo y de ámbito estatal debería servir para recordar que en los detalles de la regulación aparentemente «homogénea» pueden esconderse mecanismos de tratamiento desigual que deben corregirse. De otro modo, y con independencia de las intenciones, estos programas de protección social pueden agravar las fracturas que deberían prevenir y limitar.

[1]El indicador utilizado es el cociente entre perceptores de prestaciones y el número de parados registrados más el de trabajadores eventuales agrarios con subsidio. Las estadísticas oficiales usan entre otros uno parecido, pero eliminando del denominador a las personas paradas registradas que no han trabajado antes (y nunca podrían optar a una prestación).

Sobre la Renta Básica y la RGI

Luis Sanzo

Siguiendo con su incansable tarea de promoción de la Renta Básica, Jordi Arcarons, Daniel Raventós y Lluís Torrens presentaron el pasado día 29 de enero un documento denominado ¿Necesita la Comunidad Autónoma Vasca una Renta Básica Universal? Sí, por supuesto. Y más allá. El objetivo central de ese documento es ofrecer, en un tono no siempre amable, una respuesta al artículo crítico, publicado en el Blog del SIIS, ¿Necesita Euskadi una Renta Básica Universal?

En su análisis, el equipo de Arcarons aborda una simulación económica del posible coste de una Renta Básica para la Comunidad Autónoma de Euskadi (CAE) a partir, entre otras fuentes, de una aproximación propia a los datos de la Encuesta de Pobreza y Desigualdades Sociales (EPDS). Se trata de una encuesta desarrollada en Euskadi, como estadística oficial, desde 1996. En 1986, se realizó una aproximación similar que sirvió como detonante del proceso que dio lugar a la introducción de un sistema de Rentas Mínimas en esta comunidad autónoma.

No es mi intención, en este documento, entrar al fondo de la cuestión planteada en el texto del grupo de Arcarons, ni respecto a su modelo de Renta Básica ni sobre aspectos específicos de la polémica planteada. Mi principal preocupación es, a partir de la EPDS 2014, analizar las implicaciones económicas para Euskadi del objetivo de protección que se plantea en la propuesta del grupo de Arcarons. En este contexto, abordaré igualmente los resultados comparados de la protección propuesta por los autores y la ofrecida en la práctica por la RGI en vigor en Euskadi en 2014.

Sobre la garantía de ingresos en Euskadi: referentes económicos para distintas alternativas

El objetivo de protección que plantea el grupo de Arcarons, al menos así se considerará a partir de aquí, es garantizar una renta neta de 7.902 euros anuales a personas mayores de 18 años (658,50 euros mensuales) y de 1.580,50 euros anuales a los menores de 18 años (131,71 euros mensuales).

Teniendo en cuenta que la EPDS trabaja con ingresos netos después de impuestos, para simplificar se analiza la cuestión en términos de contraste entre el objetivo de protección establecido y los ingresos netos disponibles por cada persona. De ellos únicamente se descuentan los recursos procedentes de prestaciones asistenciales de la propia CAE, además de las transferencias que se producen entre la propia sociedad. No es una aproximación, por tanto, al modelo estricto del grupo de Arcarons sino a las implicaciones –a partir de la EPDS 2014- de su propuesta de cuantías garantizadas, abordadas en términos netos, descontando los ingresos disponibles.

Como puede comprobarse en la tabla 1, de sustituirse por completo el sistema de prestaciones actuales del Estado en la CAE, el coste de llegar a la protección neta propuesta se situaría en 3.819,7 millones de euros, un 5,68% del PIB de la CAE en 2014. Si se descuenta el gasto en el actual sistema de prestaciones de Euskadi, el coste sería de un 5,12% del PIB. La diferencia de 0,56 puntos del PIB es inferior al 0,87% que representan las prestaciones del sistema vasco (RGI/PCV/AES, más todas las demás prestaciones CAE no relacionadas directamente con el sistema de garantía de ingresos). La razón es que parte de ellas llegan a personas con ingresos superiores a las cuantías garantizadas que se contemplan en la propuesta del grupo de Arcarons.

gr1

Es importante destacar que las implicaciones económicas de una aproximación neta de este tipo son importantes y alejan al modelo de lo que implicaría una Renta Básica en sentido estricto, por así decirlo de una Renta Básica bruta (es decir, facilitando las cuantías garantizadas como recursos a acumular a los ingresos actuales). Esta aproximación, que ningún analista plantea seriamente en términos prácticos en España, tendría un coste equivalente al 22% del PIB de la CAE. Al mismo tiempo, es preciso tener claro lo que esto significa: una aproximación neta como la propuesta, si se aplica a un modelo de Renta Básica, por mucho que formalmente pueda llegar a respetar el principio de incondicionalidad, introduce un contraste entre garantía y recursos. Por debajo de ciertos niveles de recursos, la protección se garantiza en su integridad; por encima, se descuenta de facto vía imposición fiscal, pudiendo la aportación de Renta Básica llegar a ser nula.

La financiación del coste suplementario respecto a la protección actual, un 5,12% del PIB, podría proceder de fuentes distintas a los ingresos por rentas de la población, ya sea vía mayor carga fiscal sobre el capital de las empresas, ingresos de explotación del Estado de ciertos bienes o servicios propios, incremento de los impuestos indirectos, etc. En ausencia de esta vía, no obstante, una línea de reducción del coste pasaría por el aumento de los impuestos directos, sobre la renta de la población.

En este punto conviene resaltar que un 54,9% del coste suplementario de la protección analizada (2,81% del PIB) se vincularía a la protección de colectivos en situación de bienestar, completo o casi competo. Por esa razón, en este caso un incremento impositivo sería factible para abordar la financiación, aunque en la práctica esto se tradujera en una Renta Básica más baja que la garantizada al resto de la población o, incluso, ausencia de aportación alguna. Como ya se ha señalado, en general, las propuestas de Renta Básica formuladas en España han asumido esta aproximación que, en la práctica, viene asociada a un incremento en la imposición fiscal directa a ciertos colectivos de población.

En esta línea de aproximación, una alternativa para limitar el coste sería centrar la protección efectiva en la población menor en su conjunto, y en la adulta no perteneciente a hogares en situación de bienestar, completo o casi completo. En 2014, este grupo de protección preferente suponía un 41,5% de la población de la CAE. Se trata de una propuesta en la que casi toda la población ganaría, salvo la situada en posición de bienestar y sin menores en el hogar, pero que sin embargo centraría la mejora de la protección en el grupo más afectado por la pobreza y la precariedad.

gr2

Como puede verse en la tabla 2, el coste suplementario se reduciría de forma sustancial pero seguiría siendo importante, llegando al 2,64% del PIB. El coste sería de 2,37% en Gipuzkoa, 2,45% en Álava y 2,88% en Bizkaia.

En este punto, un aspecto esencial, al menos si la financiación suplementaria corre a cargo de las rentas de los hogares que no se benefician en términos netos del nuevo sistema, es analizar las implicaciones que tendría el coste suplementario de 1.774,9 millones anuales de euros que supone el 2,64% del PIB mencionado. Supondría una reducción media de un 8,39% en los ingresos medios netos totales, por todos los conceptos, de los hogares en situación de bienestar, completo o casi completo, en Euskadi. Las implicaciones económicas de la financiación del modelo serían por tanto significativas para estos hogares.

Llama la atención, en cualquier caso, que la contribución del modelo a los grupos más necesitados no sería cualitativamente dominante, incluso en la aproximación ajustada recogida en la tabla 2. Aunque un 87,4% del gasto suplementario se dirigiría a grupos con algún riesgo respecto al acceso al bienestar, sólo un 36,4% de la protección se dirigiría a grupos en situación de ausencia de bienestar. En los colectivos en situación de pobreza real, supondría una aportación complementaria equivalente a un 0,53% del PIB. Se trata apenas un 20,2% del coste total de la propuesta de mejora de la protección (aunque sin duda con una aportación añadida muy significativa para ese grupo de población).

En cualquier caso, existe otra posible línea de intervención, más coherente con el modelo actual de RGI. Ésta supondría complementar las prestaciones hasta asegurar ingresos que lleguen a los umbrales de pobreza y ausencia de bienestar que se obtienen de la EPDS (en la dimensión de mantenimiento o ingresos). En el difícil acercamiento a estos umbrales encuentran origen, de hecho, los distintos problemas de pobreza y precariedad que afectan a la sociedad.

En la línea de complementación clásica de ingresos así planteada por la RGI, el objetivo de acercamiento al umbral de pobreza se situaría en 256,2 millones de euros, con un incremento del gasto del 0,38% del PIB. El coste de acercamiento a la línea de bienestar sería bastante mayor: 1.013,6 millones de gasto suplementario, equivalentes al 1,51% del PIB. Las implicaciones económicas serían, a pesar de ello, inferiores al modelo de cuantías propuesto por Arcarons, Raventós y Torrens.

Un proyecto de acercamiento efectivo contra la pobreza podría así moverse en unos márgenes muy variables, desde el mínimo de 0,38% de gasto suplementario que permitiría situar a toda la población al menos en el umbral de ingresos que previene la pobreza al 5,12% que haría factible una protección cercana a la opción máxima en el planteamiento de Arcarons, Raventós y Torrens.

En una perspectiva a medio plazo, podría pensarse en una vía intermedia en el que un buen sistema general de rentas mínimas se combinara con una Renta Básica para menores. En el caso vasco, este proyecto vendría a tener un coste cercano a un 1,1% suplementario al que supone en la actualidad el mantenimiento del sistema vasco de prestaciones.  De contar con apoyo político, está línea podría llegar a ser viable como proyecto a largo plazo, en una sociedad que se enfrenta sin embargo al enorme reto que supone el envejecimiento (Conde-Ruiz estima en alrededor de 6,7 puntos del PIB el desfase entre ingresos y gastos que irá consolidándose en el horizonte de 2050 en la financiación del sistema de pensiones en España).

El correcto desarrollo de esta propuesta requeriría, en cualquier caso, analizar los posibles ajustes a introducir en el sistema de cuantías o en el modelo de bonificación al empleo de la RGI. En tal punto sería preciso analizar en particular la conveniencia o no de una gestión por la vía fiscal que, en parte, dependerá del objetivo u objetivos a alcanzar a través del sistema de bonificación (prevención de desincentivos al empleo, apoyo a la población trabajadora con bajos salarios y/o mejora general del bienestar de las categorías medio-bajas de la población). En este sentido, no sería descartable una aproximación mixta desde el sistema fiscal y Lanbide.

El papel actual del sistema de prestaciones asistenciales de Euskadi

Un aspecto complementario de interés es considerar el impacto comparado de las cuantías propuestas por el equipo de Arcarons y las del sistema de prestaciones de Euskadi, tomando como referencia a la población con acceso a la RGI en la EPDS 2014. En particular, se trata de comprobar si toda la población con acceso al actual sistema de protección en Euskadi se beneficiaría de la alternativa planteada.

Los resultados muestran algunos aspectos relevantes.

En primer lugar, el conjunto del sistema asistencial vasco destinó 491,3 millones de euros a la población beneficiaria de la RGI en 2014. Este gasto equivale a un 85,2% del coste que tendría la aplicación a ese grupo del modelo de ingresos garantizados propuesto por el equipo de Arcarons, estimado en 576,8 millones. La diferencia es de 85,5 millones, un 0,13% del PIB. Esta diferencia no supone sino un 2,5% del incremento total de gasto que supondría la implantación de la protección alternativa analizada, 4,8% si se el incremento se limitara a la protección a menores y a colectivos no situados en posiciones de bienestar.

Aunque la protección propuesta supone mayor nivel de gasto en el colectivo beneficiario de la RGI, llama la atención que, en las 64.286 unidades estimadas en la EPDS como beneficiarias de esta prestación en 2014, un 49,7% de ellas dispondrían de menos recursos con la protección alternativa propuesta que con el actual sistema de prestaciones de la CAE. Con un 75,6%, esta proporción es máxima en las personas que no constituyen grupo familiar, en general personas solas, pero también es mayoritaria en las familias monoparentales (52,4%). En cambio, un 93,5% del resto de tipos familiares, en general núcleos basados en una pareja, con o sin hijos/as, se beneficiarían del modelo de protección alternativo. La razón es la falta de introducción de mecanismos de economía de escala en el modelo Arcarons-Raventós-Torrens y el efecto de los topes de cuantía de la RGI para familias de cuatro o más miembros.

La mayor protección comparada en hogares de mayor tamaño explica por otra parte que, en términos personales, y no de unidades beneficiarias, el peso de la población mejor atendida a través de la RGI se reduzca al 35% del total. El porcentaje de personas que perderían recursos en ausencia del sistema de prestaciones vasco, con las cuantías propuestas por el equipo de Arcarons, resulta sin embargo sustancial. La mayoría de las personas solas y en familias monoparentales seguirían estando mejor con el modelo RGI actual.

Se trata de una realidad que se vincula en buena medida a factores como el subsidio complementario para familias monoparentales y, de forma particular, con la existencia de la PCV. Los propios autores del artículo son conscientes de que la prestación complementaria de vivienda supone un plus cuya retirada situaría en condiciones más precarias a una parte de la población. De ahí que lleguen a considerar la posibilidad de no retirarla.

En la tabla 3 se compara el gasto en el sistema vasco de prestaciones en relación con la protección que introduciría el modelo alternativo. En los grupos no familiares, personas solas en lo fundamental, el sistema vasco destina un 27,6% más que el modelo alternativo de cuantías. Por término medio, esta aportación supera en un 9,2% el umbral de pobreza medio, quedando el modelo alternativo un 5,8% por debajo.

gr3

En las familias monoparentales, el gasto es muy similar, con una diferencia de apenas un 6,5% en perjuicio del actual sistema vasco. En ambos casos se supera el umbral medio de pobreza, un 15,2% en el caso del sistema vasco y en un 19,6% en el modelo alternativo.

La principal diferencia se vincula a las parejas y otros grupos familiares, con un 42% menos de gasto en el sistema vasco que en el modelo alternativo de cuantías. Sin embargo, el gasto medio en prestaciones de la CAE sigue superando, en un 1,7%, el umbral medio de pobreza.

Es cierto que, en el modelo de prestaciones de la CAE, la protección se ve condicionada por factores tales como la limitación de la PCV a una acción de protección al alquiler o por los topes de cuantía establecidos, topes que limitan la protección a las familias de mayor tamaño. Esto hace que algunos colectivos tengan un nivel de protección algo menor y que algunos no consigan superar la pobreza. Sin embargo, entre los grupos en situación de pobreza real y beneficiarios de la RGI (un grupo importante pero minoritario dentro de la población beneficiaria), el sistema de prestaciones reduce de forma muy sustancial la distancia al umbral de pobreza de ingresos: del 80,6% sin el sistema de prestaciones de la CAE al 15,6% con ellas.

A lo anterior debe por supuesto sumarse el hecho de que ciertos sectores no accedan a la RGI, elemento central de la protección en la CAE. Sin embargo, no debe olvidarse que esto se debe en parte a la aplicación de límites de empadronamiento (que Arcarons y su grupo podrían llegar a contemplar) y a la disposición de recursos patrimoniales comparativamente elevados. Se trata de una cuestión que habitualmente no se plantea en los sistemas de renta básica al uso pero que resulta relevante en un debate sobre estas cuestiones.

Algunas ideas finales

La comparación de la protección propuesta por el equipo de Arcarons y la que en 2014 garantizaba la RGI es reveladora de algunas de las razones por las que muchos especialistas defienden en Euskadi el sistema de garantía de ingresos hoy existente en esta comunidad.

Se trata, en este sentido, de un sistema que saca de la pobreza a una parte importante de la población en situación de riesgo, que reduce de forma sustancial la distancia al umbral de pobreza de ingresos en aquellos casos en los que no lo consigue por completo y que protege mejor que la alternativa planteada a ciertos colectivos de población, en especial personas solas pero también una mayoría de familias monoparentales. La completa prevención del riesgo de pobreza de ingresos, mejorando el modelo de prestaciones centrado en torno a la RGI, tendría un coste no excesivo, de alrededor del 0,4% del PIB vasco. Como se ha señalado, unido a un mecanismo de Renta Básica que se extendiera al conjunto de la población menor, ampliando el bienestar de grupos no pobres, el coste suplementario podría situarse cerca de un 1% del PIB. Una perspectiva abordable, por tanto.

Más allá de las razonables críticas al sistema de prestaciones de Euskadi, está acreditado que se trata del modelo de rentas mínimas más protector en el Sur de Europa, el único que ha sido compatible en España con tasas de desempleo sustancialmente inferiores a las observadas en crisis anteriores y el que ha permitido al País Vasco quedar muy lejos, en indicadores de pobreza y precariedad, de otras comunidades autónomas durante la llamada Gran Recesión. Son motivos más que suficientes para defender este sistema.

Es difícil compartir, por tanto, las críticas sistemáticas y continuadas a programas como el que representa el conjunto de prestaciones de garantía de ingresos existentes en Euskadi. No se trata de negar la posibilidad de mejora, ni siquiera la posibilidad de que otras alternativas puedan llegar a ofrecer una solución más efectiva y racional en la lucha contra la pobreza. Pero sí es preciso afirmar que no nos enfrentamos, al hablar de la RGI y de las prestaciones asociadas, con el programa irrelevante que en ocasiones se pretende señalar. Como ha podido comprobarse, en lo relativo a la población más pobre, ofrece incluso en muchos casos una atención más adecuada que la que se propone en modelos teóricos alternativos como el defendido por Arcarons, Raventós y Torrens.

Puede comprenderse que esto no se comparta desde lugares en los que, como en Cataluña, no existe una referencia comparable al sistema RGI/PCV/AES que merezca un mínimo apoyo. Pero lo que no parece muy comprensible es que la defensa de posiciones alternativas requiera la sistemática descalificación de un sistema de garantía de ingresos que tanto esfuerzo ha supuesto diseñar, implantar, desarrollar y mantener en otro tipo de sociedad. Consiguiendo además resultados que nadie debería menospreciar.

Pensiones, envejecimiento, jóvenes, estado de bienestar

Una conversación en twitter un domingo por la tarde.

Luis Sanzo

La clave del problema con las pensiones está aquí. Miren el coste del grupo 65-69 comparado con los grupos mayores.

El problema viene de lo siguiente:

1) Conforme el grupo se desplace a mayores edades, los costes elevados de las pensiones se desplazarán.

2) Las generaciones que lleguen a la jubilación ampliarán la presión por

  • el factor baby boom del pasado siglo (más volumen).
  • más pensionistas (por mayor participación de la mujer)
  • más cuantía de pensión (por mayores cotizaciones).

Éste es un problema a resolver si se quiere mantener el Estado de Bienestar. La solución actual se estrellará pronto con la realidad.

No quedará pronto nada del Fondo de Reserva, eso es seguro. Lo que no está claro es si alguien lo abordará con visión de futuro y con la solidaridad que no se ha sabido tener con los grupos más jóvenes en las crisis pasadas (incluida la actual).

Sería un error si esas generaciones jóvenes responden de manera insolidaria (se tirarán piedras contra sí mismos) pero será la tentación inmediata de quien gana trabajando poco más, o a veces menos, de lo que reciben los pensionistas.

Daniel Capó

¿Hay solución?

Luis Sanzo

Siempre hay soluciones, peores o mejores. La cuestión es buscar la mejor con las condiciones que tenemos, sabiendo que si se hubiera actuado a tiempo, ya desde los 90, esto no habría ocurrido. Pero sólo hay dos vías:
a) dejar que se pudra el tema a la espera de que el «empleo» resuelva el problema (la estrategia hasta ahora)

Manuel Aguilar

Una parte del ajuste se puede hacer por via fiscal, en dos direcciones:

  1. Presión fiscal algo mayor para pensionistas, teniendo en cuenta que la parte contributiva de la pensión es compatible con otras rentas.
  2. Transferir parte de la financiación de las pensiones de cotizaciones a impuestos. Aligerar cotizaciones en algunos tramos y corregir su regresividad, aumentar algunos casos impuestos. Eso debería, ojo, cubrir las partes no contributivas de las pensiones, que podrían aumentar. De hecho la seguridad social contiene mecanismos internos de redistribución (hacia autónomos y empleadas hogar, por ejemplo) no estrictamente contributivos. Se podrían elevar topes de cotización sin un aumento igual de la pensión alta.

 

Luis Sanzo

Estoy de acuerdo pero hay otro aspecto que me preocupa, como bien sabes, y es que el esfuerzo protector se centre casi en exclusiva en los pensionistas, relegando de nuevo al margen protector a la gente joven (en temas rentas mínimas o prestaciones familiares) algo que veo como peligro si la vía fiscal se impone. Por eso pido que haya un pacto de redefinición del sistema de protección que sea intergeneracional y no olvide, como siempre, a los jóvenes. Creo que es el principal reto real para España y depende del debate y acuerdo social y político.

Daniel Capó

¿Qué solución le ves?

Manuel Aguilar

Estoy de acuerdo de nuevo. En mi opinión, el problema es que tenemos una maraña de lógicas y principios no siempre coherentes entre sí en los que hay que poner orden. Pero detrás de «lógicas» y «principios» hay personas y grupos con sus intereses y las relaciones construidas entre sí a lo largo de los años.

La lógica contributiva tiene sus ventajas: incentiva el empleo, legitima la aportación con una compensación proporcional. Pero al mismo tiempo es rígida y hace difcil la equidad. No tolera bien la redistribución: no se creó para eso. De ahí que piense que una mayor «fiscalización» de la protección social en España podría ayudar a lograr avances. Mejor dicho, reduciría los obstáculos para avanzar en una mayor equidad del sistema: hacia jóvenes, hacia mayores mal protegidos.

Además, el sistema contributivo español es disfuncional. Es regresivo en la aportación (que además carga sobre la masa salarial, no sobre los beneficios de las empresas). Es regresivo en las prestaciones, como muestran los datos de la OCDE. Además está lleno de «trampas», como la infracotización de los autónomos que luego se cubre con las cotizaciones del régimen general y los complementos de mínimos, pagados «ilegalmente» con cotizaciones hasta hace muy poco.

Por otra parte, la «limitación» de las pensiones más altas ya se está produciendo con el tope máximo que no se actualiza: la «reforma silenciosa» de la que habla @conderuiz.

Luis Sanzo

Estoy de acuerdo pero creo que el posible error en el que se podría caer es una aproximación sectorial limitada, por ejemplo, a la cuestión de las pensiones. Sería un error. Lo que pediría es es una reflexión global sobre la reforma de la protección social, considerando todas las posibles vías de actuación para resolver los dos grandes problemas sociales que tenemos: a) la viabilidad del sistema de pensiones y b) la precariedad diferencial de los jóvenes.

El punto b) requiere una acción en la línea rentas mínimas (además de otros factores asociados).

Manuel Aguilar

Exactamente. Limitarse a un parche financiero con impuestos a la seguridad social contributiva sería una barbaridad. Cierto que sería la «devolución» de la barbaridad previa de financiar al Estado desde los años 60 con cotizaciones (déficit del INI, red hospitalaria, la propia asistencia sanitaria hasta entrados los 90, prestaciones no contributivas, etc.). Meter los impuestos en el sistema se debe hacer redefiniendo el conjunto del sistema. Pagar con impuestos las pensiones de algunos sería una barbaridad.

Fíjate que el trato de «renta mínima» hoy es diferente para pensionistas y para activos. No me refiero a la parte contributiva, sino a la «asistencial». Los complementos de pensiones son más altos que la renta mínima (excepto Euskadi, claro), hay laxitud de controles sobre otros ingresos o sobre la convivencia con otras personas con ingresos en comparación con las rentas mínimas. Tienen un efecto desincentivador de la cotización para autónomos. Y esa parte no está fundada en el «contrato de seguro» sino en la «solidaridad» via impuestos.

Luis Sanzo

Tienes mucha razón en esa parte del análisis. Es muy ilustrativa.

Manuel Aguilar

Aunque las proyecciones son eso, proyecciones, este gráfico ilustra la diferencia entre envejecimiento y desequilibrio-tsunami.

Ratio entre población de 65+ y de 15-64. A partir de 2015 son proyecciones.

ratioDependencia 65-adultos

Fuente: Eurostat, proyección «main scenario».

Luis Sanzo

Es importante comentar este gráfico porque muestra lo específico de España:

  1. En primer lugar, los países en los que se ha mantenido una fecundidad susceptible de mantener la línea de estabilidad de la población, SWE y FR, se encuentran en una posición favorable de cara a hacer frente al problema del envejecimiento
  2. Dentro de los que han visto una caída notable de la fecundidad, el caso más extremo es el de ESP por dos elementos:
  • a) la sobrepunta que tendremos en los próximos años y
  • b) la fase contraria, completamente depresiva, tras 2055-2060

El punto a) se vincula al efecto del baby boom, ampliado con la inmigración a partir de cierta fecha, junto a la caída muy fuerte de la fecundidad entre finales de los 70 y finales de los 90. El punto b) es básicamente efecto de lo segundo.

Se puede actuar sobre esto, vía migraciones o estabilización de los procesos de reproducción demográfica, pero es ya muy difícil. En los años 80 sí se podría haber hecho algo para acercarnos al modelo farncés o sueco, algo se intentó en el País Vasco pero era muy díficil por combinación de dos factores: el aumento tremendo del precio de la vivienda durante el boom y la precariedad diferencial de los jóvenes, con tasas de paro superiores no sólo a Alemania, también a Italia, no tanto en este último caso por mejor situación económica pero por mecanismos de ajuste tales como las salidas prematuras a la jubilación.

Pensar en unas políticas demográficos que contribuyan a arreglar este desaguisado es parte de la salida al problema del que hablamos. Lo lamentable es que no se haya hablado de esto antes, que incluso se niegue lo crítico de la situación hoy.

Daniel Capó

Creo que hay estudios que también explican que una mejor demografía facilita procesos de adaptación de la economía.

Luis Sanzo

La relación es compleja. Por ejemplo, la buena fecundidad francesa se relaciona con un alto riesgo de pobreza en hogares jóvenes

Daniel Capó

Entiendo. ¿Cabe pensar que intensifica procesos de atomización social?

Luis Sanzo

Es una cuestión paradójica: una política social que da oportunidad de reproducirse a los grupos más débiles lleva a que haya más familias nuevas en posición de riesgo. En España, la posibilidad de formación de esas familias se limita porque los grupos más desfavorecidos carecen de recursos suficientes para independizarse. Es un mecanismo bien conocido de pobreza encubierta, que impide la libertad de emanciparse, pero que al mismo tiempo impide que esa forma de pobreza se manifieste en hogares constituidos. Ese proceso ha ocultado la verdadera dimensión de la pobreza económica en España. Sólo en el País Vasco hay datos estadísticos sobre ello porque lo hemos seguido desde los 80. Esa pobreza era fundamental en los 80-90 y es el origen de la crisis demográfica española del periodo.

Manuel Aguilar

Para que se vea más claro el desequilibrio… Así envejece Suecia

AgeingSE

 

Así envejece Francia

AgeingFR

 

Así envejece Italia

AgeingIT.jpg

 

Y ahora los desequilibrados…

Untitled 2

Un recordatorio: son proyecciones. No dicen con seguridad lo que pasará; hablan de desequilibrios actuales y pasados que se proyectan hacia el futuro. Lo condicionan, no lo determinan.

Luis Sanzo

Pero el condicionamiento demográfico es de los más difíciles de resolver.

El mayor problema que podríamos tener es que el balance salidas hacia la jubilación / entradas a la actividad fuera negativo para el empleo, y puede serlo, porque si tuviéramos un empleo al alza la inmigración sería una vía. Mi hipótesis es que vamos a tener problemas en ese punto en términos de empleo en la próxima década. Y si caen las pensiones, el efecto se acentuará.

La lógica normal de nuestro Estado será hacer frente al problema de las pensiones vía ajuste pero eso podría tener un efecto muy negativo en un país en el que los ingresos de los mayores de 65 años por esa vía es determinante para la economía. La parte de ese grupo es desproporcionada hoy en España. La consecuencia de ese recorte sería deprimir de forma significativa el consumo y, con ello, la economía en este tipo de sociedad envejecida.

Manuel Aguilar

Añade la dimensión territorial. Hay territorios que «viven» de los consumidores pensionistas.

Luis Sanzo

La parte más estable en lo social de España, el Noroeste, a lo que se puede añadir en parte la más estable del Sur (Extremadura).

 

El sistema de Rentas Mínimas en España, ¿un verdadero fracaso? Luis Sanzo

En el XII Congreso Español de Sociología, dentro de las sesiones dedicadas las sociedades del Sur de Europa, Marcello Natili presentó el pasado 2 de julio una interesante comunicación sobre la evolución de los sistemas de rentas mínimas en esos países. En ese documento Natili sostiene dos ideas relevantes para el estudio de las políticas de garantía de ingresos.

La primera idea es que, a pesar de las notables diferencias entre comunidades, las rentas mínimas autonómicas «se han consolidado gradualmente hasta el punto de que constituyen una establecida red de seguridad de último recurso para la población española pobre» que «ha mejorado su capacidad de protección». Esta consolidación contrasta con los fuertes recortes observados en los países del sur de Europa y, dentro de España, en otras áreas de la política social.

La segunda idea relevante de Natili es que, quizás por haber ofrecido un marco de intervención alternativo a las fuerzas opuestas a los recortes y favorables a la lucha contra la pobreza, «el descoordinado y fragmentado sistema de ingreso mínimo regional español (sobre todo en una perspectiva comparada en el sur de Europa) podría no parecer tan malo después de todo». Durante su intervención en el seminario sobre las regiones del sur europeo, Natili manifestó expresamente que los grupos desfavorecidos en países como Grecia o Italia habían sufrido más intensamente la crisis que en España.

De cara a contrastar la primera tesis de Natili, en la tabla 1 se aportan los datos comparados sobre la evolución del gasto por habitante en Rentas Mínimas y AES en España y Portugal.

tabla1

Los datos revelan que, en efecto, el gasto por habitante en garantía de ingresos aumenta sin excepciones en las distintas comunidades autónomas españolas entre 2007 y 2014. El incremento del gasto per cápita es del 122,3 por ciento para el conjunto de España y supera en general niveles del 50 por ciento por territorios, con una única excepción, la de la comunidad de Madrid. En este caso, el incremento se limita al 7,4 por ciento, reflejando una cierta estabilización del gasto considerado.

La evolución contrasta, en todo caso, con la caída del 19,9 por ciento observada entre 2007 y 2014 en Portugal y la inexistencia de actuaciones en este campo en Grecia y, en gran medida, en  Italia. En este último país, ninguna región es capaz de ejercer el papel de tracción que comunidades como el País Vasco, Navarra o Asturias fueron capaces de asumir a finales de los años 80 y primeros de los 90.

El gráfico 1 muestra, por su parte, el impacto diferencial de la política de garantía de ingresos en las comunidades autónomas españolas, comparando algunos indicadores de carencias asociadas a la pobreza en España con los resultados correspondientes al resto de países del Sur de Europa.

 

Gráfico 1

cuadro

Los datos confirman la relevancia de las políticas de garantía de ingresos para prevenir problemas graves relacionados con la pobreza, en particular los problemas de alimentación. Tanto en España como en Portugal, la existencia de sistemas de garantía de ingresos sitúa la proporción de personas con problemas para garantizar una comida proteínica entre un 3,1 y un 3,3 por ciento en el periodo final de la crisis, entre 2012 y 2014. Esta proporción es más de cuatro veces superior en los países sin un mínimo desarrollo y extensión de las rentas mínimas: 13,7 por ciento en Portugal y 14,5 por ciento en Italia.

En cuanto a la capacidad para hacer frente a gastos imprevistos, el indicador más asociado a la seguridad económica a medio y largo plazo, el mayor deterioro durante la crisis corresponde a Grecia y Portugal. La caída de un 30,8 por ciento en el gasto total en rentas mínimas se traduce en este último país en un aumento de 22,2 puntos entre la media de 2005-2007 y la de 2012-2014 por casi 14 en Grecia, 11,1 en Italia y 9,7 en España.

En España, la vinculación entre nivel de gasto en rentas mínimas y la dinámica del indicador de seguridad económica a medio y largo plazo es más que evidente. Frente a la estabilidad en el indicador en el País Vasco, la comunidad con mayor gasto por habitante en rentas mínimas en el sur de Europa, el deterioro se sitúa en niveles cercanos a los de Italia y Grecia en regiones como Andalucía, Canarias, Murcia y la Comunidad Valenciana, algunas de las que menos gastan en estas políticas.

En el contexto de los países del sur, por tanto, las políticas de rentas mínimas han tenido un impacto superior al habitualmente señalado. Por un lado, han situado a España en unos niveles comparativamente bajos de problemas de alimentación, como sucede igualmente en Portugal, muy lejos del nivel de deterioro observado en Italia y Grecia. Por otro, en las comunidades autónomas con mayor compromiso con estas políticas, la estabilidad o deterioro moderado de los indicadores relacionados con la seguridad económica a medio y largo plazo revela una dinámica matizada de empobrecimiento que se aleja de los fuertes incrementos observados en Italia, Grecia, Portugal y algunas de las comunidades autónomas españolas con menor desarrollo de las rentas mínimas.

De manera acertada, el trabajo de Natili apela a reflexionar acerca de la negativa valoración de las rentas mínimas autonómicas que resulta dominante en España. Los datos revelan más efectos positivos de los que suele admitirse habitualmente.

Charles Murray y la Renta Básica

por Luis Sanzo

Las ideas básicas de Charles Murray sobre la Renta Básica se presentan en un reciente artículo publicado en el medio conservador estadounidense Wall Street Journal. Pretenden actualizar el pensamiento original de Friedman sobre esta cuestión.

La legitimación del proyecto se fundamenta en la perspectiva de liquidación de entre un 9 y un 47% del empleo en EEUU. Sería la consecuencia de la automatización de la producción y de otros procesos tecnológicos que separarán a las máquinas de la necesidad del manejo humano.

En cuanto al sentido de la introducción de la Renta Básica, el objetivo está muy claro en la aproximación de Murray. Se trata, en lo fundamental, de liquidar el Estado de Bienestar. Por ello, insiste en que su modelo de Renta Básica sólo será funcional si se cumplen dos condiciones.

La primera consiste en la sustitución de todas las prestaciones y transferencias sociales del actual sistema de Bienestar por una Renta Básica situada en 833$ mensuales (10.000$ anuales). La introducción de la Renta Básica implicaría la desaparición del sistema de prestaciones contributivas de la Seguridad Social, incluidas las pensiones públicas. También supondría la eliminación del derecho a la sanidad pública (Medicare o Medicaid) o las ayudas para la vivienda (housing subsidies).

Para minimizar las consecuencias de estos cambios entre la población trabajadora, Murray prevé un sistema de bonificación al empleo, permitiendo la acumulación de la Renta Básica con una cuantía de hasta 30.000$ anuales en ingresos por trabajo. A partir de ahí, se introduce un recargo fiscal que llevaría a rebajar progresivamente la cuantía de la Renta Básica hasta un mínimo garantizado de 6.500$.

La segunda condición exigida por Murray es la liquidación de las burocracias que supervisan y gestionan en la actualidad las distintas prestaciones sociales.

El proyecto asume a medio plazo una reducción del gasto público y, en sentido más amplio, la liquidación del Estado social como tal. Murray sostiene que la introducción de la Renta Básica contribuirá a la sustitución de la acción protectora e interventora del Estado, incluyendo los servicios sociales públicos, por una red de organizaciones no gubernamentales nacidas de la sociedad civil. Es la base para una vuelta a la dinamización de la “cultura cívica” norteamericana que tanto encandiló a Tocqueville, el pilar sobre el que el conservadurismo anglosajón basa el modelo futuro de solidaridad entre las personas. Una alternativa a las agencias públicas que, según el ideólogo estadounidense, “son el peor de los mecanismos para hacer frente a las necesidades humanas”. Abogan, según él, por una igualdad en el trato que resulta incompatible con la diversidad de las necesidades.

Las ideas de Murray son también funcionales con la consolidación de un sistema privado de atención sanitaria. Además de los 833$ mensuales, el Estado aportaría 3.000$ anuales a cada persona que deberán ser usados para financiar un seguro, por supuesto privado, de salud.

La propuesta supone la racionalización del Estado liberal compasivo defendido por los conservadores estadounidenses. Pero, ¿hasta dónde llegaría este estado liberal compasivo? No muy lejos en realidad. A cambio de una total vía libre para el libre mercado, ofrece una vida individual situada por debajo del umbral de pobreza para las personas solas que sólo dispusieran de la Renta Básica. Según el US Census, el umbral de pobreza se sitúa en 2015 en 947€, sin contar el valor del acceso a los servicios que suponen el Medicare, las ayudas a la vivienda, etc.

La culpabilización del “loser” es otro elemento social de la visión de Murray. Se trata de esas personas irresponsables que se niegan a cooperar con otras para maximizar su Renta Básica a través de la convivencia grupal, o que gestionan mal los ingresos que queden a su disposición. A diferencia de lo que ocurre hoy, el resto de la sociedad les podrá decir sin el menor remordimiento: «No trate de decirnos que está sin ayuda, porque sabemos que no lo está«.

Murray es bien consciente de que “algunas personas van a desperdiciar sus vidas” en este modelo de sociedad dual, con gentes con buenos trabajos hiperproductivos, por un lado, y grupos descolgados con una Renta Básica personal por debajo del nivel de pobreza, por otro. Ante ese dilema, su respuesta es simple: eso ya sucede ahora. Y no hay nada en ello que le sugiera una necesidad especial de ayuda. El nuevo modelo liberal caritativo es eso, plenamente liberal, dejando al “hombre libre” a su suerte, ¡que haga lo que quiera para gestionar su vida!

El mensaje es claro: con la nueva Renta Básica el futuro de cada persona “está en sus manos”. Esa prestación le garantizará [aunque sólo en teoría] la supervivencia; su esfuerzo a través del trabajo el acceso a la clase media. Es la actualización de la ideología de la clase media americana, ahora soportada en una Renta Básica que permite a los más favorecidos decir al resto que no moleste, que ya tiene garantizado su mínimo.

En la legitimación de este proyecto de sociedad dual, la automatización y el avance tecnológico esconden además, más allá de su dimensión modernizadora, una voluntad de radical transformación del empleo en los países más avanzados. Se trata en realidad de una estrategia de liquidación, no del empleo como tal, sino de cierto tipo de empleo. Además de los puestos de trabajado obsoletos en una determinada fase de desarrollo de la tecnología, se trata de acabar también -y, en realidad, sobre todo- con el empleo público ligado al actual Estado de Bienestar.

El artículo de Murray nos indica sin embargo la posible alternativa a seguir: “Si el ingreso garantizado es un complemento al sistema existente, será tan destructivo como sus críticos temen”, afirma. Es preciso pensar en esa alternativa, y en que no sea social ni económicamente destructiva. A diferencia, precisamente, de lo que propone Charles Murray.

La muerte social y su lógica

por Luis Sanzo

En este artículo reciente del Guardian londinense, Suzanne Moore revela la lógica del sistema social y económico que se está consolidando en el Reino Unido y en muchos lugares de Estados Unidos. Una lógica que, sin embargo, en países como España hemos podido observar desde el periodo de la reconversión industrial de los años 80.

El artículo de Moore se centra en una de las partes centrales —el aumento alocado e irracional del precio de la vivienda— de una lógica social y económica que, en los países antes llamados desarrollados, hace cada vez más difíciles los procesos de reproducción social y demográfica de la población. Lo que se inició en los 80 en la Europa del Sur, y se extendió luego al Este poscomunista, llega ahora con fuerza a lo que es todavía el núcleo central del gran poder económico mundial (Reino Unido y Estados Unidos).

Como señala la autora, la recuperación económica británica está llevando de nuevo la vivienda a precios «irreales», «ridículos», inabordables para la gente joven. Sin que haya alternativa alguna porque, como señala, el sistema de viviendas sociales se está deteriorando, un proceso que le parece ya insalvable. Los precios son tan altos, en Londres pero también en muchos otros lugares del Reino Unido, que sólo la propiedad transmitida entre generaciones puede salvar la situación. Se trata sin embargo del elemento que, según Moore, constituye hoy la gran separación (el great divide) entre unas personas u otras de cara al acceso a la vivienda. Porque la vivienda en propiedad es ya un lujo social y la manifestación más clara de la desigualdad: «La vivienda es tan importante que sigue siendo el signo claro y presente de la desigualdad repartido en metros cúbicos», dice la autora.

La realidad descrita, que amenaza con situar a una mayoría al margen de la propiedad (sólo un 26% de los jóvenes están en proceso de acceder a ella) bloquea los procesos de emancipación con mucha “gente joven que nunca podrá realmente salir de su casa de origen” o que tendrá que volver a ella tras separaciones o problemas económicos. Y claro, muchas de las personas afectadas ya no son tan jóvenes, con muchas de ellas en los 40.

Y, aunque no lo dice, Moore es sin duda bien consciente de que el alquiler no resuelve el problema porque ahí también los precios se ajustan a la línea de crecimiento irracional del precio de la vivienda. Además, a diferencia del pago de hipotecas, el abono de estos alquileres abusivos puede mantenerse durante toda la vida de las personas.

En España este factor se encuentra en parte contenido por una crisis que ha producido una caída temporal de los precios pero es probable que el proceso hoy observado en Reino Unido y EEUU se reinicie si se consolida una recuperación al estilo británico. Ya pudimos comprobar sus tremendos efectos sobre la dinámica de la pobreza en pleno boom de crecimiento. Las tasas de pobreza real eran todavía muy significativas en España en 2007-2008 aunque a casi nadie parecieran preocupar.

Pero la vivienda no es el único factor que limita las perspectivas de emancipación de la gente joven, ni siquiera es a veces el más importante, desde luego no en el país que más sufrió las consecuencias de la brutal destrucción de una parte de su industria durante los años 80. En España, los problemas principales que bloquearon los procesos de emancipación en los años 80 y 90 fueron el desempleo, la inseguridad laboral y, en muchos grupos sociales, particularmente los jóvenes, los bajos salarios. Sólo durante el boom el aumento del precio de la vivienda llegaría a tener la importancia que hoy señala Suzanne Moore en el Reino Unido moderno.

Estos problemas están llegando también sin embargo a lugares como el Reino Unido. Y Moore es consciente de sus consecuencias demográficas, bien conocidas en la España de los 80 y 90. Porque, sin seguridad en el empleo, sin vivienda a precios razonables, sin una vida adulta posible, tampoco es posible tener unos hijos o hijas que, además de suponer costes añadidos, pueden carecer de sentido en un mundo como el que conocemos, a veces sin salidas razonables. Como señala Moore, la inseguridad en el trabajo o en la vivienda lleva a retrasar la procreación, a veces de manera indefinida.

Además de una suficiente seguridad en el empleo (el anhelo de la nueva generación del Milenio) y vivienda social, Moore cita otros de los factores que le permitieron, a ella y a la gran mayoría de los miembros de su generación, avanzar en el proceso de movilidad social, léase emancipación social, y que ahora les están vedados a la población más joven. En países en los que una parte del great divide se vincula a la educación universitaria, otro de esos factores es la educación gratuita o, al menos, a precio abordable. Hoy en Reino Unido, o Estados Unidos, la educación superior se ha convertido en motivo de endeudamiento que puede llegar a veces a resultar insuperable. Otro, por supuesto, es un salario mínimamente decente en el trabajo. Ahí también constata Moore que los salarios de los menores de 30 años están disminuyendo. En los países azotados por la crisis, esta caída afecta también más allá de los 30 y llega a ser, en realidad, casi generalizada.

Moore tiene la sensación de que, poco a poco, todas las rutas de escape se han ido cerrando en su país, y menciona los cambios que han llevado a pagar de forma creciente por acceder a los servicios públicos. Pero es probable que aún haya más cierres en el futuro. El más temible de ellos es el que podría derivarse de un proyecto de liquidación de la Seguridad Social, tal y como la hemos conocido hasta hoy: de vocación protectora y universalista, más allá de la mera lógica contributiva.

Lo más llamativo es que se ha desarrollado un determinado discurso progresista que resulta plenamente funcional para legitimar todos los cambios señalados. En la misma página en que puede leerse el importante texto de Suzanne Moore, un anuncio invita a cliquear un artículo de Natalie Nougayrède. En él se racionaliza, desde ese discurso de izquierdas, la necesidad de adaptarse a la globalización a través de la liberalización del mercado de trabajo porque el viejo sistema laboral es un «lujo» que Francia ya no podría permitirse. La reacción al proceso beneficia a la extrema derecha, sostiene, antes de hablar de forma tan absurda como tópica de «la preferencia por el desempleo masivo» de Francia frente «al trabajo más flexible y quizás menos bien remunerado». Por lo que vemos en el artículo de Moore, no parece que el modelo liberalizado, que permite crear más empleo en el Reino Unido que en Francia, permita llegar mucho más lejos a quienes disfrutan de él en términos de bienestar social.

Hay determinados defensores de la Renta Básica que, sin pararse a pensar en las implicaciones del modelo de bienestar, están incluso dispuestos en el mundo anglosajón a proponer esa medida como elemento central, y casi exclusivo, del nuevo sistema de protección social. En particular en el mundo conservador, muchos ven en ella la salida frente a un sistema de Seguridad Social que, a sus ojos, resulta tan insostenible hoy como lo fue ayer.

En la lógica social y económica que describen Moore y Nougayrède todo parece estar delimitado, incluso las vías legítimas de rebelión. Debilitado el movimiento obrero, y desacreditadas las ideologías que éste ayudó a crear, las que se proponen son las de aquellos movimientos sociales que pueden ser funcionales con esa nueva lógica, en particular la del movimiento contra el cambio climático. Es en ese tipo de proyectos donde deberíamos centrar nuestras ilusiones y nuestras ambiciones de cambio. Olvídense de las viejas luchas, hoy sin sentido para los nuevos gurús del pensamiento.

Y si al final sólo queda la desesperación, no se preocupen. Frente al alcohol, las nuevas izquierdas, la sorosiana a la cabeza, tienen la solución. Un poco de marihuana legalizada siempre relajará.

No seré yo quien se oponga a la marcha de los nuevos movimientos sociales ni a la legalización de la marihuana. Por supuesto que no, disfrútenla si quieren. Pero no estaría mal pensar en la sociedad que refleja Suzanne Moore y sus consecuencias. Las mismas consecuencias contra las que, a finales de los 80, algunos tratamos de rebelarnos en la Euskadi depresiva de la era post-reconversión industrial. Me refiero a esa especie de muerte social que se perfila como destino, poco menos que inevitable, para quienes no podrán participar de los procesos de reproducción social y sus descendientes, una mayoría de ellos muertos incluso antes de llegar a nacer.

Quien quiera ver el sentido real de la desigualdad puede analizar la dinámica de la fecundidad y de las tasas de emancipación de la población joven en Europa. Ahí está todo dicho. Ya saben a quienes no se debería abandonar a su suerte.